¿Qué es el “decretazo” de AMLO”?
En sentido estricto no es un decreto, sino un acuerdo emitido por el presidente el pasado 22 de noviembre y publicado el mismo día en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para su entrada en vigor inmediata, en el que se declaró “de interés público y seguridad nacional la realización de proyectos y obras a cargo del Gobierno de México”.
Pero en el documento se incluyeron dentro de esa clasificación prácticamente todos los ramos: “infraestructura de los sectores comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades energético, puertos, aeropuertos y aquellos que, por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren prioritarios y/o estratégicos para el desarrollo nacional”.
Por tanto, aunque no se mencionan las megaobras del gobierno federal, todas estarían incluidas: el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, el Tren Maya, la Refinería de Dos Bocas y el Corredor Transísmico.
Con la clasificación establecida en el acuerdo presidencial se ordenó a todas las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a actuar fast track y “otorgar la autorización provisional a la presentación y/u obtención de los dictámenes, permisos o licencias necesarias para iniciar los proyectos u obras a que se refiere el artículo anterior, y con ello garantizar su ejecución oportuna” .
El plazo para entregar esas autorizaciones -se fijó- sería “máximo de cinco días hábiles contados a partir de la presentación de la solicitud correspondiente. Transcurrido dicho plazo sin que se emita una autorización provisional expresa, se considerará resuelta en sentido positivo”.