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La Suprema Corte anula los permisos para la ampliación del puerto de Veracruz

La Primera Sala de la Corte otorgó un amparo a habitantes afectados por la ampliación del puerto de Veracruz, al considerar que las autoridades violaron el derecho a un medio ambiente sano.
mié 09 febrero 2022 05:38 PM
La Suprema Corte frena ampliación del Puerto de Veracruz
El proyecto de ampliación del puerto de Veracruz inició en 2014 y consiste en 4.2 kilómetros que han afectado el sistema arrecifal.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este miércoles dejar sin efecto los permisos ambientales que han permitido las obras para la ampliación del puerto del Veracruz, decisión con la cual, a su vez, se busca proteger al sistema de arrecifes.

Por unanimidad, las y los ministros de la Primera Sala del máximo tribunal del país votaron a favor del proyecto de sentencia —elaborado por Juan Luis González Alcántara Carrancá—, que ampara a los habitantes de Veracruz que denunciaron afectaciones por las obras iniciadas en 2014.

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La Primera Sala determinó que, al otorgar los permisos para la ampliación del puerto, las autoridades de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) vulneraron el derecho humano al medio ambiente sano.

La principal irregularidad detectada en el proyecto es que fue fragmentado en 26 "miniproyectos" de evaluación ambiental, lo que impidió que se evaluaran de manera completa los riesgos para el arrecife y los servicios ambientales que ofrece.

"Esto implicó que no se evaluara de forma correcta la viabilidad de toda la ampliación, en detrimento de los principios de prevención y precaución que rigen el derecho al medio ambiente sano reconocido en el artículo 4 de la Constitución federal, así como en diversos instrumentos internacionales suscritos por México", sentenció la Suprema Corte.

El caso tuvo su origen en un amparo indirecto promovido por dos mujeres que reclamaron diversas acciones y omisiones destinadas a autorizar y realizar el proyecto de ampliación del puerto sin haber garantizado, bajo el estándar más alto de protección, su derecho humano a un medio ambiente sano.

El asunto llegó a la Corte en enero de este año, luego de que un juez de distrito sobreseyó el juicio por considerar que las quejosas no contaban con interés legítimo.

La Primera Sala, al atraer el caso, consideró que las promoventes sí contaban con interés legítimo, pues acreditaron ser habitantes de las ciudades dentro del área de influencia del Sistema Arrecifal Veracruzano, el cual fue impactado por las obras de ampliación.

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Por todo lo anterior, los ministros ordenaron dejar insubsistentes las resoluciones reclamadas y emitir otras en las que se tomaran en cuenta el contenido y las obligaciones impuestas por el derecho a gozar de un medio ambiente sano.

Con esto, la Corte ordena a la autoridad ambiental dejar sin efectos los permisos ya otorgados y que, de manera integral, examine nuevamente el proyecto relativo a la ampliación del puerto, considerando la totalidad de arrecifes y humedales de la zona.

La Primera Sala también obliga a las autoridades ambientales a gestionar las siguientes acciones:

  • Elaborar un programa de trabajo para la mitigación y/o restauración del área.
  • Colaborar institucionalmente para el desarrollo y la implementación de dicho programa.
  • Solicitar a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas que emita una opinión sobre el programa de trabajo en cuestión.
  • Solicitar al Comité Nacional de Humedales que requiera al Comité Internacional designar a un grupo de peritos para evaluar el sitio y definir así el esquema para su protección a través de un programa de trabajo.

"La protección de los humedales es una prioridad nacional e internacional que ha llevado a nuestro país a emitir una estricta regulación de este ecosistema y, en términos de la normativa citada, cualquier análisis que se haga con relación a los humedales debe guiarse por un criterio de máxima precaución y prevención", sostuvo la Corte en su sentencia.

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Un precedente para la Evaluación de Impacto Ambiental

El Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda) celebró la resolución de la Primera Sala, señalando que esta sienta un relevante precedente para que los proyectos se evalúen en su integralidad y no fragmentados, como en este caso.

La sentencia transformará —destacó— la manera como la Semarnat y las autoridades estatales realizan la Evaluación de Impacto Ambiental sobre los proyectos de infraestructura.

"Con esta decisión, los principios de prevención y precaución deberán arraigarse mucho más en los procesos de toma de decisiones. Asimismo, las autoridades e inversionistas deberán aprender la lección de que resulta más caro, en todos los sentidos, no presentar sus proyectos de manera completa, que cumplir en tiempo y forma con la Evaluación de Impacto Ambiental", destacó en un comunicado Xavier Martínez Esponda, director operativo del Cemda.

Veracruz forma parte del Parque Nacional Arrecifal, que está conformado por 28 arrecifes coralinos. Estos ecosistemas albergan la mayor cantidad de especies marinas en el mundo y son claves para producir el 50% del oxígeno que respiramos.

Además, el Sistema Arrecifal Veracruzano (SAV) es un parque nacional y un humedal de importancia internacional, catalogado así por la Convención Ramsar por su gran valor ambiental. Es el más grande de la región centro del Golfo de México.

El SAV contribuye también a mitigar el impacto de las olas producidas por tormentas y huracanes, fenómenos que se han incrementado como consecuencia del cambio climático.

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