Incluso le mandató responder con la consideración de que “se está en presencia de una obligación de todo el Estado Mexicano” y, por tanto, “deberá tomar en cuenta el deber que tiene de hacer efectivo el ejercicio del derecho político electoral de los mexicanos para participar en la revocación”.
En la sesión pública realizada la noche de este miércoles 29 de diciembre se aprobó el proyecto elaborado por el magistrado Alfredo Fuentes Barrera, pero se agregaron estas condiciones que tendrá que atender Hacienda en su respuesta, a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña.
“Los derechos políticos no son meras declaraciones, requieren garantías” y por eso el INE podrá realizar una petición presupuestal en la que enliste los requerimientos que tiene para realizar el proceso de revocación, expuso De la Mata.
En el debate, el funcionario agregó que fue incorrecto argumentar insuficiencia presupuestal para suspender el ejercicio “pues no se demostró la falta de recursos” y se omitió la posibilidad de realizar otras medidas a partir de los recursos que se le dieron”.
El pleno del Tribunal Electoral resolvió así los recursos promovidos por Morena y el Partido del Trabajo (PT), pero desechó las impugnaciones que promovieron el presidente Andrés Manuel López Obrador a través de María Estela Ríos González, consejera jurídica del Ejecutivo Federal, y de diversos ciudadanos y organizaciones, porque –concluyeron– carecen de interés jurídico en el proceso de revocación.
Para la magistrada Janine Otálora, los ciudadanos sí tenían interés jurídico para impugnar, en tanto que la magistrada Mónica Soto votó a favor de que se reconociera la facultad de la presidencia de impugnar en materia de revocación de mandato. En ambos casos la mayoría votó en contra.