Según se argumenta, de acuerdo con la Ley Federal de Derechos de Autor del Estado de Mexicano, “la protección de las obras es amplia respecto de su explotación, es decir, no se pueden utilizar sin la autorización por escrito del pueblo o comunidad titular, mucho menos llevar a cabo la deformación de la misma con el objeto de causar demerito a la obra o perjuicio a la reputación o imagen de la comunidad o pueblo a la que pertenecen”.
Por lo que en caso de contar con la autorización correspondiente; se explica, es obligatorio indicar a la o las comunidades, pueblos o colectivos a quienes pertenece.
La legislación también exige una "retribución justa y equitativa en beneficio de los titulares de los derechos". Y, finalmente, en caso de efectuar encargo de un trabajo, el pago que se reciba por esa labor es independiente de la retribución que se pacte por el uso y explotación de dicha expresión.
“Principios que su marca (Levi's) no está cumpliendo, en tanto que los diseños han sido recortados para ser aplicados a prendas industrializadas; no indican el nombre de las comunidades y no existe retribución alguna hacia los dueños de dichos diseños", aseveró la secretaria Frausto en su carta.
Mientras, que en la misiva dirigida al colectivo Dracco Textil, se apunta: “Vemos con indignación que no solo han negociado con diseños mazatecos, con diseños otomíes del estado de Hidalgo y textiles del estado de Chiapas, sin tener permiso de las comunidades en cuestión; sino también trabajan bajo el rubro de ‘maquila’, lo cual atenta con la creatividad e individualidad de las creaciones artesanales, cuya virtud es realizar obras únicas e irrepetibles. En ello radica el valor cultural del trabajo artesanal”.