La CDMX derogó la emancipación por matrimonio entre menores
El Congreso de la Ciudad de México eliminó en el año 2016 el matrimonio entre menores de edad, y en febrero de este año quitó los vacíos legales que existían para permitir el matrimonio entre menores de edad, y por consiguiente la emancipación.
“El Juez del Registro Civil que autorice un matrimonio teniendo conocimiento de que uno o ambos contrayentes son menores de dieciocho años, de que hay impedimento legal, o de que éste se ha denunciado, será castigado como lo disponga el Código Penal, además de ser cesado de sus funciones para ejercer el cargo”, detalla la legislación capitalina.
Sin embargo, en otros estados de la República sí está permitida la emancipación.
En febrero de 2019, se aprobó en el Senado de la República un dictamen relativo a la eliminación de la figura de la emancipación en el Código Civil Federal , con la finalidad de que el Estado cumpla con las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, respecto a garantizar el cumplimiento del artículo 45 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que establece los 18 años de edad como la edad mínima para contraer matrimonio por parte de niñas y niños, y su observancia en todas las leyes estatales aplicables.
*Con información del libro “La Emancipación”, Alejandro Domínguez García Villalobos.
*Forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.