El tribunal consideró que los anuncios contienen expresiones que atentan en contra de los derechos de las mujeres, pues plantean que la interrupción del embarazo debe penalizarse en forma absoluta.
Además, en los 'spots' se establece una posición contraria a la adopción por parte de personas del mismo sexo, con lo cual se discrimina a la comunidad LGBTTTI+.
El pleno ratificó en sesión pública la sentencia de la Sala Regional Especializada en el sentido de que el contenido de los promocionales “se encontraba fuera de los límites de la libertad de expresión”.
El magistrado ponente Alfredo Fuentes Barrera expresó: “Quiero enfatizar que no hay democracia sin pluralismo. Por ello, la libertad de expresión de los partidos políticos adquiere un peso especial”.
Sin embargo, dijo que “esta (la libertad de expresión) tiene límites; de ahí que, en un adecuado balance es preciso valorar las expresiones utilizadas para difundir un mensaje y evitar que estas violenten otros derechos”.
De acuerdo con el proyecto, la postura del PES va en contra de lo aprobado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que, en una decisión histórica, aprobó el 7 de septiembre, la despenalización del aborto.