“Se propone declarar la existencia de las infracciones previstas en el artículo 134 constitucional, atribuido a Aldo Emmanuel Ruiz Sánchez, Rodrigo Abdalá Artigues, Jenifer Kristelb Parra Salas, así como a María Luisa Albores González, entonces titular de la Secretaría de Bienestar”, asentó el tribunal.
Otro de los sancionados es Gabriel García Hernández, entonces coordinador general de Programas para el Desarrollo del Gobierno federal.
Ello, en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Superior del TEPJF a través del cual se solicitó al pleno dictar un nuevo fallo y en virtud de que se comprobó la difusión de propaganda gubernamental “que contiene elementos de promoción personalizada a favor de AMLO, presidente de la República, relacionada con programas sociales”.
De acuerdo al pleno, lo anterior implicó la vulneración al principio de imparcialidad por el uso indebido de recursos públicos, dado que, durante el levantamiento del referido Censo, los llamados Servidores de la Nación, utilizaron chalecos con el nombre del Jefe del Ejecutivo.
Los magistrados determinaron que dichas infracciones no pueden ser atribuidas al Ejecutivo federal, Andrés Manuel López Obrador; a Javier May, actual titular de Bienestar ni a la subsecretaria de la dependencia, Ariadna Montiel.
Consideraron que “no se advierten elementos que, ni siquiera de manera indiciaria, permitan demostrar su participación o responsabilidad relacionada con los hechos que se denuncian”.