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El TEPJF tira multa del INE contra MC por publicaciones de Mariana Rodríguez

La Sala Superior consideró que las fotografías e historias de la 'influencer' no pueden ser consideradas como aportaciones a la campaña de Samuel García. Sin embargo, mantuvo la sanción por un video.
mar 14 septiembre 2021 03:31 PM
Samuel y
En la campaña de Samuel García por el gobierno de Nuevo León, Mariana Rodríguez hizo diversas publicaciones en redes sociales para promover la candidatura de su esposo.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) tiró la multa por 55 millones de pesos contra Movimiento Ciudadano (MC) que le había impuesto el Instituto Nacional Electoral (INE) por las fotografías e historias que la empresaria e influencer Mariana Rodríguez publicó en favor de la campaña de su esposo, el hoy gobernador electo de Nuevo León, Samuel García.

La Sala Superior determinó que dichas publicaciones no pueden ser sancionadas porque Rodríguez las hizo en el marco de su libertad de expresión, aunque, por el contrario, dejó en firme una sanción de 60,000 pesos por la participación de Rodríguez en un video para promocionar la candidatura de García, quien está próximo a asumir la gubernatura neoleonesa.

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El 22 de julio, el INE aprobó la multa total tras contabilizar 45 fotografías y 1,300 historias como "aportaciones prohibidas en especie" en apoyo a la candidatura de García. En ese momento, el INE estimó el costo de estas publicaciones en un monto millonario.

Sin embargo, la Sala Superior consideró este martes que las publicaciones de Rodríguez no deben considerarse como aportaciones a la campaña de quien fue candidato de MC y, por lo tanto, tampoco deben ser fiscalizadas.

Ello, según los magistrados, dado que no se tomó en cuenta la espontaneidad de dichas publicaciones, ni tampoco la tutela de los derechos político-electorales o la relevancia del vínculo matrimonial de Rodríguez con García.

La resolución se aprobó por unanimidad, con voto concurrente de la magistrada Janine Otálora.

Indalfer Infante, magistrado ponente, resaltó durante la sesión que, de la revisión de las redes de la influencer, se determina que las nuevas formas de interacción social a través de internet y de redes sociales son comunes y, ahora, la vida privada se ha hecho más pública.

"Se debe distinguir entre aquellas acciones motivadas por vínculos de afectividad de aquellas otras motivadas por intereses políticos, económicos o de índole distinta a la afectividad", argumentó.

A su juicio, no se advierte que las publicaciones en cuestión fueran contratadas, sino que fueron espontáneas y en ejercicio de la libertad de expresión de Rodríguez.

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La magistrada Janine Otálora dijo en su exposición compartir el sentido del proyecto de revocar la sanción impuesta por el INE, respecto de las publicaciones en redes sociales. Sin embargo, pidió señalar como una aportación no reportada la participación de Rodríguez en un video de campaña de García.

Ese video se publicó el 23 de mayo y en él aparecían Rodríguez y otros músicos, como el rapero Pato Machete y la banda Genitallica.

El magistrado presidente, Reyes Rodríguez, al apoyar el sentido del proyecto, consideró que los mensajes realizados en ejercicio de la libertad de expresión en este caso no deben ser cuantificables como donación indebida, ni tampoco para el tope de gastos de campaña.

El magistrado Felipe Fuentes destacó la importancia de la fiscalización en las campañas electorales para evitar la intervención de aportaciones de entes prohibidos, como aquellas de carácter empresarial.

Para Fuentes, el proyecto sobre MC es un caso límite o frontera, pues no se busca limitar los derechos político-electorales de una influencer, pero tampoco permitir que ingresen apoyos indebidos.

Su par Mónica Soto estimó que, lejos de constituir propaganda político-electoral, son expresiones propias de la vida diaria de dos personas con un vínculo matrimonial las que gozan de la más amplia protección de las libertades constitucionales.

"(Esto) con la salvedad del video en comento, pues dicho material, como se señaló y como bien lo establece el proyecto, carece de las características del resto de las publicaciones, por lo que en ese sentido la sanción impuesta a los infractores se encuentra apegada a derecho", acotó.

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