El 22 de julio, el INE aprobó la multa total tras contabilizar 45 fotografías y 1,300 historias como "aportaciones prohibidas en especie" en apoyo a la candidatura de García. En ese momento, el INE estimó el costo de estas publicaciones en un monto millonario.
Sin embargo, la Sala Superior consideró este martes que las publicaciones de Rodríguez no deben considerarse como aportaciones a la campaña de quien fue candidato de MC y, por lo tanto, tampoco deben ser fiscalizadas.
Ello, según los magistrados, dado que no se tomó en cuenta la espontaneidad de dichas publicaciones, ni tampoco la tutela de los derechos político-electorales o la relevancia del vínculo matrimonial de Rodríguez con García.
La resolución se aprobó por unanimidad, con voto concurrente de la magistrada Janine Otálora.
Indalfer Infante, magistrado ponente, resaltó durante la sesión que, de la revisión de las redes de la influencer, se determina que las nuevas formas de interacción social a través de internet y de redes sociales son comunes y, ahora, la vida privada se ha hecho más pública.
"Se debe distinguir entre aquellas acciones motivadas por vínculos de afectividad de aquellas otras motivadas por intereses políticos, económicos o de índole distinta a la afectividad", argumentó.
A su juicio, no se advierte que las publicaciones en cuestión fueran contratadas, sino que fueron espontáneas y en ejercicio de la libertad de expresión de Rodríguez.
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