El pleno calificó como infundados e inoperantes los agravios relacionados con la indebida imposición de la sanción y en los que el PVEM "aduce arbitrariedad en el procedimiento” para determinar el valor del gasto no reportado.
Fuentes Barrera destacó que el proyecto busca avalar la resolución que emitió el INE respecto de un tema de fiscalización.
“Las normas para mí deben ser protegidas en su máximo explendor”, anotó el juzgador electoral, al dejar claro que las infracciones en las que incurrió el PVEM están debidamente comprobadas.
El magistrado Reyes Rodríguez expuso que la promoción que realizó el PVEM durante la veda electoral es considerada actos ilícitos que vulneraron directamente la equidad de la competencia electoral, amén de que omitió reportar esos gastos.
Además, se trató de una reiteración de conductas antijurídicas que atentan contra las normas fundamentales del sistema de elecciones en México.
En su resolución del 22 de julio, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que el “Verde” incurrió en conducta reiterada por lo que también avaló se interrumpa la difusión de los promocionales del partido en radio y televisión en un año ordinario, es decir, cuando no se celebre algún proceso electoral federal.
“Se trata de una conducta reiterada que vulneró la equidad de la contienda”, argumentó en su momento la consejera Adriana Favela, al recordar que en 2015 el partido fue sancionado con 7 millones de pesos por un caso similar.