Murayama dijo que “no es válido tratar de influir por el sí o por el no (en la Consulta Popular) o incentivar o desincentivar la participación ciudadana”.
“Estamos frente a una campaña propagandística por Morena", apuntó por su parte la consejera Favela Herrera.
Zavala anotó que se debe vincular a La Jornada para que “si tiene pendientes publicaciones (similares a las denunciadas) no las difunda”.
Sigue nuestra guía para participar en la consulta popular 2021:
¿Qué dice la ley sobre la difusión de la consulta?
El artículo 35 de la Constitución del país, que sienta las bases para las consultas populares, señala que el INE es "la única instancia a cargo de la difusión de las mismas".
También indica expresamente que durante la difusión de una consulta deberá suspenderse toda propaganda gubernamental, con excepción de asuntos de salud, educación o protección civil, y que "ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de los ciudadanos sobre las consultas populares".
La Ley Federal de Consulta Popular, reglamentaria del artículo 35 constitucional, insiste en la prohibición de que personas físicas o morales contraten tiempo en medios electrónicos para promover la consulta, y también señala que el INE, cuando lo considere procedente, "ordenará la cancelación de cualquier propaganda e iniciará el proceso de sanción que corresponda".