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El TEPJF confirma revés a AMLO: señala que informe fue propaganda personalizada

La Sala Superior confirmó la resolución previa de la Sala Especializada, al tiempo que urgió al presidente a abstenerse de emitir mensajes que violen las prohibiciones de los periodos electorales.
mié 30 junio 2021 04:49 PM
AMLO
Este jueves 1 de julio, López Obrador dará un mensaje para conmemorar el tercer aniversario de su triunfo en 2018.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador sí incurrió en propaganda personalizada y uso indebido de recursos públicos durante la difusión del informe que dio por los primeros 100 días de su tercer año de gobierno.

Por unanimidad, la sala consideró este miércoles que el presidente debe guardar especial cuidado dada su investidura, así como abstenerse de difundir propaganda gubernamental durante los periodos prohibidos por la Constitución. De lo contrario, corre el riesgo de cometer una infracción.

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Además, le pidió tomar las previsiones necesarias para que los mensajes para los cuales convoque, dirija o transmita a los medios no sean difundidos en demarcaciones con elecciones.

La sala revisó el caso a raíz de recursos interpuestos por el presidente, por su vocero Jesús Ramírez Cuevas y por el PRD. Los dos primeros buscaban que se declara la inexistencia de conductas indebidas, y el tercero, que se sancionara a López Obrador.

Los hechos

El 30 de marzo, López Obrador difundió su informe a nivel nacional en radio y televisión. Incluyó seis entidades donde ya se llevaban a cabo campañas locales: Campeche, Colima, Guerrero, Nuevo León, San Luis Potosí y Sonora.

El 31 de mayo, la Sala Especializada del TEPJF lo exhortó a ajustar el contenido de sus expresiones y a ser imparcial. También ordenó a su vocero retirar las transmisiones y publicaciones sobre ese informe, así como dar a conocer un extracto de la sentencia relativa al caso.

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En esa sesión, la Sala Especializada señaló que no calificaría el actuar del presidente, pues está “dentro del régimen especial” que impide que sea sancionado salvo por traición a la patria o delitos graves.

La impugnación

Después de eso, derivado de otros recursos, el caso llegó a la Sala Superior, que este miércoles confirmó la resolución de la Sala Especializada y calificó de infundados e inoperantes los argumentos del presidente y su vocero.

Los magistrados reiteraron que los mensajes que se dirijan y se difundan durante las campañas electorales, y aun durante la jornada electoral, deben obedecer a las reglas que marca la Constitución.

El informe del presidente, en Palacio Nacional, fue impugnado por el PRD, al considerar que representó propaganda personalizada, propaganda difundida indebidamente en tiempo de campaña y uso indebido de recursos públicos.

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