En riesgo la seguridad
La comisionada Norma Julieta del Rio Venegas urgió a que este padrón tenga el mayor cuidado posible, porque señaló que sería muy riesgoso que los datos que se van a solicitar fueran vulnerados. “Podría generar riesgos a la privacidad y protección de las personas usuarias”, aseguró al insistir en la necesidad de implementar medidas de seguridad para proteger, conservar, cuidar, así como la no manipulación o acto ilícito de la información.
“Hicimos el llamado a implementar las medidas de seguridad inmediatamente, es fundamental que se implementen medidas de seguridad física, iniciativas técnicas, como lo marca la ley, y esto con los más altos estándares internacionales para garantizar el tratamiento de datos”, comentó.
La comisionada enfatizó que desde el INAI harán los llamados necesarios para que se implementen estas medidas y limitar al máximo la recopilación de datos biométricos porque “pudiera revelar información sensible de las personas”, así como para saber cómo se van a utilizar la información y que no sea excesivo.
Pérez de Acha explicó que el artículo 16 de la Constitución establece que los datos personales tienen que tener la máxima protección y seguridad, sin embargo, abundó que en este caso no se está cumpliendo.
“No hay leyes que protejan adecuadamente la información que presentamos a empresas privadas como lo es la de tecnología móvil, pero tampoco existe una ley que garantice que el padrón que administre el IFT vaya estar resguardado al 100%”, dijo.
El Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil tendrá la siguiente información:
- Número de línea telefónica móvil;
- Fecha y hora de la activación de la línea telefónica móvil adquirida en la tarjeta SIM;
- Nombre completo o, en su caso, denominación o razón social del usuario;
- Nacionalidad;
- Número de identificación oficial con fotografía o CURP del titular de la línea;
- Datos Biométricos del usuario y, en su caso, del representante legal de la persona moral, conforme a las disposiciones administrativas de carácter general que al efecto emita el Instituto;
- Domicilio del usuario;
- Datos del concesionario de telecomunicaciones o, en su caso, de los autorizados;
- Esquema de contratación de la línea telefónica móvil, ya sea pospago o prepago
El abogado Pérez de Acha recordó el caso del padrón que se impulsó en el gobierno de Calderón y recordó que 25 millones de personas no se registraron, al considerar que si eso mismo pasa en esta ocasión y una gran parte de los 122 millones de usuarios de telefonía se amparan o no se registran, será como una “revuelta” ciudadana.
Va a ser más presión si las suspensiones se conceden y los amparos se ganan, pero también es una señal como de revuelta de los ciudadanos, en el sentido que no hay disposición para proporcionar datos biométricos.
Luis Pérez de Acha, abogado.