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La aprobación del padrón de telefonía abre la puerta a lluvia de amparos

El abogado Luis Pérez de Acha destacó que el juicio de amparo es el medio de defensa que tienen los usuarios. Advirtió que tienen 30 días hábiles para presentar el recurso, es decir, el 31 de mayo.
jue 22 abril 2021 01:26 PM
datos biométricos
Colectivos llaman a presentar amparos para que no sea necesaria la recopilación de datos biométricos para tener una línea telefónica.

Al cierre del viernes, el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el decreto por el que a partir de este lunes 19 de abril es obligatorio registrar datos biométricos para obtener una línea de celular, y en caso de tenerla, se da un plazo de dos años para registrarse en el Padrón de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT).

La medida, que fue aprobada unas horas antes en el Senado de la República, generó acciones legales de ciudadanos que se sienten agravados con la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiofusión: el juez Juan Pablo Gómez Fierro, del Segundo Distrito en Materia Administrativa, aprobó los primeros amparos para suspender esta acción considerada inconstitucional, sin embargo, se esperan muchos más.

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“Estos amparos lo que tienen como característica jurídica es la inquietud o incertidumbre que tenemos como usuarios de servicios de telefonía móvil de que nuestros datos –en particular los biométricos– los aportemos y no estén correctamente asegurados, blindados, de manera que la información sea objeto de mal uso de las personas que tienen acceso a ella”, dice el abogado Luis Pérez de Acha.

El exintegrante del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción recuerda que en el sexenio de Felipe Calderón hubo el caso de un padrón de telefonía móvil que terminó vendiéndose en la calle, de ahí –agregó– que los ciudadanos nos sintamos “vulnerables”.

La incomodidad tiene bastante fundamento desde el punto de vista constitucional para presentar amparos y salir exitosos. Creo que estos asuntos terminarán en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Luis Pérez de Acha, abogado.

El decreto establece que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) llevará este registro y expedirá las disposiciones administrativas para la operación de este padrón cuyo fin “es el de colaborar con las autoridades competentes en materia de seguridad y justicia en asuntos relacionados con la comisión de delitos”, como extorsión e incluso secuestro.

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El subsecretario de Seguridad Pública, Ricardo Mejía Berdeja, detalló en conferencia que el principal objetivo de este padrón es la seguridad. “Es lo que mueve a la creación de este padrón, porque es importante señalar que, en el anonimato de los sistemas de prepago, que no piden requisitos, los delincuentes se cobijan para cometer delitos de secuestro, extorsión, trata y en general para todo el conjunto de sus actividades delictivas”, aseguró.

Por su parte, el juez Gómez Fierro –especializado en esta materia y quien otorgó los amparos para la Ley Eléctrica– señaló que no hay relación directa entre la entrega de los datos y una mejor investigación y persecución de los delitos, y por el contrario puede afectar derechos humanos como el del libre acceso a la información plural y oportuna, estipulado en el artículo 6 de la Constitución.

Esto debido a que si no se registra se puede cancelar la línea de teléfono o imponer una multa, y eso influiría en el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.

Conoce más: Juez Juan Pablo Gómez Fierro, el que frenó la Ley Eléctrica

Para líneas adquiridas antes del 19 de abril se tienen dos años para registrarse, y quienes lo hicieron después de esa fecha, son seis meses a partir de que el IFT publicó la normatividad.

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Pérez de Acha expone que el juicio de amparo es el medio de defensa que tienen los usuarios de telefonía para demandar la inconstitucionalidad de la reforma, y que dado que entró en vigor el 19 de abril, se tienen 30 días hábiles para presentar este recurso, es decir, el 31 de mayo. Posteriormente, se tienen que resolver los amparos, no obstante, se prevé que se presenten los recursos de revisión y termine en la Corte.

A su vez, la Red en Defensa de los Derechos Digitales anunció que en los próximos días se propondrán acciones para que se interpongan acciones de inconstitucionalidad y apoyo para quienes deseen ampararse contra el padrón y no entregar sus datos.

Luis Fernando García, de la R3D, informó que se dará a conocer una plataforma para facilitar la interposición de demandas de amparo contra el padrón de manera gratuita. También reviró lo dicho por el subsecretario de Seguridad sobre que 155 países cuentan con este tipo de registros.

En contraste, el presidente Andrés Manuel López Obrador criticó el hecho de que se presenten estos recursos y al juez que los otorgó. Dijo además que quisieron confundir porque los datos biométricos solo es la “huella”.

En riesgo la seguridad

La comisionada Norma Julieta del Rio Venegas urgió a que este padrón tenga el mayor cuidado posible, porque señaló que sería muy riesgoso que los datos que se van a solicitar fueran vulnerados. “Podría generar riesgos a la privacidad y protección de las personas usuarias”, aseguró al insistir en la necesidad de implementar medidas de seguridad para proteger, conservar, cuidar, así como la no manipulación o acto ilícito de la información.

“Hicimos el llamado a implementar las medidas de seguridad inmediatamente, es fundamental que se implementen medidas de seguridad física, iniciativas técnicas, como lo marca la ley, y esto con los más altos estándares internacionales para garantizar el tratamiento de datos”, comentó.

La comisionada enfatizó que desde el INAI harán los llamados necesarios para que se implementen estas medidas y limitar al máximo la recopilación de datos biométricos porque “pudiera revelar información sensible de las personas”, así como para saber cómo se van a utilizar la información y que no sea excesivo.

Pérez de Acha explicó que el artículo 16 de la Constitución establece que los datos personales tienen que tener la máxima protección y seguridad, sin embargo, abundó que en este caso no se está cumpliendo.

“No hay leyes que protejan adecuadamente la información que presentamos a empresas privadas como lo es la de tecnología móvil, pero tampoco existe una ley que garantice que el padrón que administre el IFT vaya estar resguardado al 100%”, dijo.

El Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil tendrá la siguiente información:

  1. Número de línea telefónica móvil;
  2. Fecha y hora de la activación de la línea telefónica móvil adquirida en la tarjeta SIM;
  3. Nombre completo o, en su caso, denominación o razón social del usuario;
  4. Nacionalidad;
  5. Número de identificación oficial con fotografía o CURP del titular de la línea;
  6. Datos Biométricos del usuario y, en su caso, del representante legal de la persona moral, conforme a las disposiciones administrativas de carácter general que al efecto emita el Instituto;
  7. Domicilio del usuario;
  8. Datos del concesionario de telecomunicaciones o, en su caso, de los autorizados;
  9. Esquema de contratación de la línea telefónica móvil, ya sea pospago o prepago

El abogado Pérez de Acha recordó el caso del padrón que se impulsó en el gobierno de Calderón y recordó que 25 millones de personas no se registraron, al considerar que si eso mismo pasa en esta ocasión y una gran parte de los 122 millones de usuarios de telefonía se amparan o no se registran, será como una “revuelta” ciudadana.

Va a ser más presión si las suspensiones se conceden y los amparos se ganan, pero también es una señal como de revuelta de los ciudadanos, en el sentido que no hay disposición para proporcionar datos biométricos.
Luis Pérez de Acha, abogado.

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