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La SCJN ordena investigar con perspectiva las muertes violentas de mujeres

El feminicidio de Mariana Lima, cometido en 2010, fue el primero en llegar al alto tribunal del país, que hoy vuelve a emitir una sentencia a partir de su caso.
lun 23 diciembre 2019 08:56 PM
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La lucha de Irinea Buendía para que el feminicida de su hija fuera detenido cambió el sistema judicial de México para siempre.

Las muertes violentas de mujeres deben ser investigadas con perspectiva, es decir, que las autoridades están obligadas a indagar hasta el último momento las posibles razones de género que pudieron motivar el crimen.

Así lo estableció este lunes la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que también destacó que la eficacia de la investigación en el caso de muertes violentas de mujeres, depende de manera directa de la prueba técnica realizada por los peritos.

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De esta manera, la Corte ordena a las autoridades que en los crímenes contra mujeres se preserven evidencias específicas para determinar si hubo violencia sexual, así como hacer las pruebas periciales pertinentes para determinar si la víctima estaba inmersa en un contexto de violencia.

"En el caso de muertes de mujeres, se deben identificar las conductas que causaron la muerte y verificar la presencia o ausencia de motivos de género que originan o explican la muerte de la víctima", puntualizó en un comunicado.

La SCJN detalló que los protocolos para la investigación de muertes de mujeres deben tomar en cuenta:

1. Si el cuerpo presenta signos de defensa y lucha.
2. Si hay indicios de maltrato crónico anterior a la muerte de la víctima.
3. Si hay signos de violencia en los bordes cubitales de manos y antebrazos, uñas, así como mordeduras de mamas o contusiones al interior de los muslos, entre otras cuestiones probatorias relevantes.

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Las autoridades también están obligadas a indagar las posibles connotaciones discriminatorias por razón de género en un acto de violencia perpetrado contra una mujer, esto cuando dicho acto se enmarca en un contexto de violencia en una región determinada.

Esta resolución se da a partir del caso de Mariana Lima Buendía, asesinada en 2010 presuntamente por su esposo Julio César Hernández Ballinas, un policía judicial del Estado de México, y cuyo feminicidio fue el primero en llegar al máximo tribunal del país.

Al ser agente ministerial, recordó la Corte, el esposo de Mariana participó en la recaudación de pruebas, en la cadena de custodia y protección de evidencia de la escena del crimen, logrando que la muerte se hiciera pasar inicialmente como un suicidio por asfixia.

Posteriormente se supo que Hernández Ballinas tenía a su esposa sometida a una situación de violencia física, económica y verbal.

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La investigación de este caso no tomó en cuenta el patrón de violencia contra la mujer, no se protegió la escena del crimen ni la cadena de custodia, y esta fue contaminada, además de que los peritajes fueron imprecisos y omisos; "no fueron realizados con perspectiva de género y no se le imputaron cargos al esposo de la víctima", puntualizó la SCJN.

Irinea Buendía, madre de la víctima, llevó la consigna:"No fue suicidio, fue feminicidio" por todo el país para exigir justicia por el asesinato de Mariana.

Al mismo tiempo, promovió diversos amparos que fueron negados, hasta que llegó al alto tribunal, que 2015 ordenó a las autoridades que volvieran a investigar el caso, ahora con perspectiva de género, gracias a ello, el esposo fue detenido y procesado.

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