La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió no atraer tres amparos interpuestos por el colectivo #NoMásDerroches contra la construcción del nuevo aeropuerto internacional en la base militar de Santa Lucía.
El pasado 7 de octubre, el colectivo envió a la SCJN una solicitud para que atrajera el caso, luego de que un juez federal
que frenaba las obras en Santa Lucía.La solicitud quedó bajo el expediente 654/2019. El pasado martes, la Corte publicó en su lista de notificaciones el acuerdo firmado por el presidente del máximo tribunal, Arturo Zaldívar, que indica:
"Se declara sin materia la facultad de atracción que formulan los solicitantes indicados al rubro para conocer de los amparos en revisión 400/2019, 412/2019 y 433/2019 (…) ello aunado a que carecen de legitimación para solicitar a esta Suprema Corte de Justicia de la Nación que ejerza dicha facultad”.
Conoce más:
Los tres amparos que #NoMásDerroches quería llevar a la Suprema Corte radican en el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito y tienen que ver tanto con la cancelación del proyecto en Texcoco, como con el inicio de las obras en Zumpango.
El colectivo había solicitado a la SCJN que asumiera el litigio sobre la nueva terminal aérea tras acusar "presiones" del gobierno federal al
, para que resolviera en favor del proyecto en Santa Lucía.En específico, #NoMásDerroches pidió a la Corte pronunciarse respecto a:
- Si se debe o no suspender el inicio de obras aun cuando es "evidente que no cumplen con los requisitos legales".
- Si en el juicio de amparo el Poder Judicial está facultado para proteger a la Hacienda Pública y para velar que el gasto se ejerza con eficiencia, transparencia y honradez.
- Si debe permitirse el argumento de la "seguridad nacional" para el proyecto aun "cuando esté en riesgo el derecho a la vida, a la integridad personal y a un medio ambiente sano".
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De acuerdo con lo establecido por el máximo tribunal del país, para asumir el ejercicio de facultad de atracción deben acreditarse, conjuntamente y juicio de la Corte, estos requisitos:
- Que la naturaleza intrínseca del caso refleje la posible alteración de valores sociales, políticos o, en general, de convivencia, bienestar o estabilidad del Estado mexicano relacionados con la administración o impartición de justicia.
- Que el caso sea de carácter trascendental para asuntos futuros o la complejidad sistémica de los mismos.