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Juez mantiene la suspensión de las obras del Tramo 5 sur del Tren Maya

López Obrador dijo hoy que el gobierno de Estados Unidos y un “grupo mafioso” están en contra del Tren Maya.
lun 25 julio 2022 06:24 PM
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Activistas han documentado las afectaciones provocadas por el Tramo 5 del Tren Maya.

El juez primero de distrito con sede en Yucatán resolvió mantener la suspensión definitiva que deberían frenar los trabajos del Tramo 5 sur del Tren Maya, debido a que permanece el riesgo de un daño al medio ambiente que no sea susceptible de repararse si el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) continúa con las obras y porque no se ha presentado el proyecto ejecutivo.

El 18 de mayo pasado, Marco Aurelio Colín Hinojosa, apoderado legal de Fonatur Tren Maya, presentó ante el juzgado el resolutivo de autorización de Evaluación Impacto Ambiental del Tramo 5 sur, con el objetivo de que el juez revocara o modificara la suspensión definitiva.

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De mantenerse la suspensión, alegó Colín Hinojosa, se estaría afectando en mayor medida el orden público e interés social en comparación con la afectación que se ocasionaría al medio ambiente y a los buzos quejosos, quienes tramitaron el amparo 884/2022 en contra de la construcción de infraestructura, remoción o destrucción de la biodiversidad del terreno sobre el que se proyecta dicho tramo.

Sin embargo, el pasado 22 de julio, Adrián Fernando Novelo Pérez, juez primero de distrito en Yucatán, determinó mantener la suspensión por aún existir posibilidad de impacto ambiental irreversible.

Lo anterior porque Fonatur Tren Maya solo presentó el resolutivo mediante el cual se informa que la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) aprobó el proyecto, pero no así documentos como el proyecto ejecutivo ni los programas específicos de mitigación ambiental que se impusieron como requisitos previos al inicio de las obras.

“Lo cierto es que dicha autorización se emitió de manera condicionada, y entre las condicionantes establecidas se encuentran varias en las que expresamente se establece que deben satisfacerse de manera previa al inicio de cualquier obra o actividad del proyecto antes nombrado, a fin de salvaguardar el medio ambiente de la zona”, se lee en la resolución consultada por Expansión Política.

Se establecieron, detalló el juez, 26 medidas condicionantes de prevención y mitigación con el objeto de evitar, atenuar o compensar los impactos ambientales adversos susceptibles de ser producidos en la preparación, construcción, operación normal, etapa de abandono, término de vida útil del proyecto, o en caso de accidente.

La presentación de tres de ellas ante la DGIRA se establecieron como requisitos previo al inicio de los trabajos. El primero son los proyectos ejecutivos definitivos de las obras asociadas al proyecto –estaciones ferroviarias, base de mantenimiento, ladero, pasarelas peatonales, pasos vehiculares, entre otros–. El segundo, los programas específicos como el de manejo integral de residuos, de conservación de suelos y reforestación, de calidad de aire, manejo de flora y fauna, ahuyentamiento, rescate y reubicación de fauna silvestre.

El tercero, el Estudio Técnico Económico (ETE) en donde se respalden los costos de la realización de las estrategias de control de mitigación y compensación ambiental, establecidas para el proyecto, incluyendo un desglose del monto por anualidad que se requiere para realizar todas y cada una de las acciones ambientales, consideradas en este oficio resolutivo, así como las medidas de prevención, mitigación y compensación, propuestas en la Manifestación de Impacto Ambiental.

“Este juzgador considera que si la autorización de la manifestación de impacto ambiental, fue aprobada de manera condicionada y por tal motivo se sujetó a la autoridad solicitante a cumplir una serie de condicionantes, dentro de las cuales se encuentran varias que deben satisfacerse de manera previa al inicio de las obras del proyecto de atención, ello, con la finalidad de que antes de que inicien tales obras quede debidamente asegurado que no se ocasionará un daño al medio ambiente o en su caso, que de generarse éste tenga el menor impacto posible y pueda mitigarse o resarcirse conforme a lo planteado; resulta evidente que, mientras no se acredite el cumplimiento de la totalidad de los requisitos establecidos en la autorización como aquellos que deben de satisfacerse de manera previa al inicio de las obras, sigue existiendo el riesgo de que si las autoridades ejecutoras del proyecto, inician o continúan las obras, se pudiera ocasionar un daño al medio ambiente que no sea susceptible de repararse ante la falta de alguna medida que debió cumplirse previamente para ello”, apunta Novelo.

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Aunque el juez resuelve mantener la suspensión definitiva, ordena una modificación: se mantendrá hasta en tanto el Fonatur no presente los tres documentos requeridos.

Para el próximo 28 de julio se fechó la audiencia constitucional, donde, si no se difiere de nueva cuenta, se resolverá el asunto de fondo.

El amparo 884/2022 fue tramitado por buzos profesionales calificados en inmersiones en cuevas el 30 de marzo pasado, motivado por la deforestación que se había iniciado un mes antes, en febrero, en Playa del Carmen, Akumal, Tulum y en los alrededores del lugar turístico conocido como Río Secreto, sin los estudios sobre el tipo de suelo, sin rescate de fauna y flora y sin las manifestaciones de impacto ambiental.

Para José Urbina, uno de los buzos que tramitó el amparo, la resolución les da la razón.

“El juez se mantiene congruente y le dice al Fonatur que están equivocados. No hay suficientes razones para levantar la suspensión definitiva. Es verdad que les dicen que faltan estas condiciones, que provienen de la pseudo MIA, que la Semarnat aprobó en tiempo récord y que es una muestra de lo poco que les importa esta región”, dijo Urbina por vía telefónica.

El 19 de abril se concedió la suspensión provisional y el 27 de mayo la definitiva con el efecto de no se permitir la ejecución de obras relacionadas con la construcción del Tramo 5 sur, infraestructura, remoción o destrucción de la biodiversidad del terreno o cualquier otra actividad que implique su ejecución material.

Ante el atorón de las obras, el Consejo de Seguridad determinó declarar al Tren Maya como una obra de seguridad nacional para reanudar los trabajos, lo cual suprimió el amparo de los buzos, informó la semana pasada Javier May, director general del Fonatur.

Y el 13 de julio maquinaria y personal iniciaron obras de desmonte a la altura de la zona conocida como la Ruta de los Cenotes, en Puerto Morelos, municipio localizado entre Cancún y Playa del Carmen, correspondiente al Tramo 5 norte.

Cuestionado por los problemas legales de declarar la obra como de seguridad nacional para poder continuar con los trabajos y haciendo caso omiso a la suspensión de un juez federal, el presidente, Andrés Manuel López Obrador aseguró este lunes que no existe ningún problema.

“No hay ningún problema legal. Lo que se está haciendo es darle continuidad a una obra pública importantísima que fue sujeta a una consulta de todos los habitantes. Se hizo consulta con todos los habitantes. Y todos estuvieron de acuerdo, la mayoría. Y se ha cumplido con los procedimientos”, dijo el mandatario durante su conferencia mañanera.

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