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Abogado: Maru Campos puede contender y aspirar legítimamente a ser gobernadora

Pedro Gómez, abogado de la candidata del PAN al gobierno de Chihuahua, explica el estatus del proceso que se inició contra Maru Campos por el delito de cohecho.
vie 02 abril 2021 04:46 PM
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La candidata panista asegura que continuará en la contienda por la gubernatura del estado de Chihuahua.

El próximo 4 de abril inician las campañas para la gubernatura del estado de Chihuahua, el 6 de junio se llevarán a cabo las elecciones y en cuatro meses más, en octubre, el ganador o la ganadora estará tomando protesta al cargo.

En total son seis meses, el mismo plazo que tiene la Fiscalía General de Chihuahua (FGEC) y la defensa legal de María Eugenia Campos, candidata del PAN a la gubernatura del estado, para reunir y presentar las pruebas complementarias en el proceso que se abrió en su contra por el delito de cohecho.

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En todo este proceso, Maru Campus mantiene sus derechos políticos, es decir, que sí puede contender y aspirar legítimamente a ser la gobernadora de Chihuahua, explica su abogado Pedro Gómez en entrevista con Expansión Política.

Este jueves se dio a conocer que un juez de control aceptó como válidas parte de las pruebas que el Ministerio Público presentó en contra Maru Campos por supuestamente formar parte de una nómina secreta del exgobernador César Duarte, quien se encuentra preso en Estados Unidos.

Además de la alcaldesa de Chihuahua con licencia, también fueron vinculados a proceso los exlegisladores María Ávila, del PVEM, y Rodrigo de la Rosa, del PRI, todos señalados en el expediente 2821/2020 de la Fiscalía estatal.

Maru Campos ya habló públicamente del asunto y enfatizó que el próximo domingo arrancará su campaña "con mucha confianza y fuerza".

¿Por qué sí puede contender?

Pedro Gómez, defensor legal de Maru Campos, expone que la decisión del juez de control es solo la apertura formal de una investigación judicial, a partir de la cual ambas partes tienen seis meses para reunir pruebas que podrían ser llevadas a la audiencia de juicio oral cuando sea necesario.

"Por tratarse un auto de vinculación a proceso, de ninguna manera significa que ya un juez se pronuncie sobre una responsabilidad en la comisión de un delito. El juez consideró que hay indicios, que hay datos para presumir que se ha cometido un hecho que en la ley es un delito, y ahí es donde se inicia una investigación formalizada", detalla.

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Lo anterior conlleva al principio de presunción de inocencia, que, menciona Gómez, es uno de los pilares en los que se sienta el derecho procesal criminal y va en función de un nuevo paradigma sobre los derechos humanos de los imputados.

"Esta presunción de inocencia obliga al Estado a respetar esa condición de los imputados hasta que no se demuestre lo contrario. ¿Y cuándo se demuestra lo contrario? Cuando tenemos una sentencia que así lo determina, dictada por un tribunal oral", dijo.

Incluso, recuerda que el papel de los jueces de control en el nuevo sistema de justicia acusatorio no es imponer o fincar jurisdicción, sino controlar y supervisar el procedimiento que llevan Ministerio Público, víctima, el imputado y su defensor. Es decir, le corresponde al juez oral y no al de control determinar la responsabilidad del imputado.

"Entonces, el juez finca jurisdicción únicamente al sobreseer, al desestimar la causa, o a través de una salida alterna, como es el procedimiento abreviado en el que dicta una sentencia. Son las únicas etapas procesales a través de las cuales el juez finca jurisdicción, porque esta actividad está dada exclusivamente al juez oral, ya sea de manera única o mediante del sistema colegiado, que es cuando se constituyen tres jueces, dependiendo de la naturaleza del asunto", explica el abogado.

Por lo pronto, dice, en los seis meses de plazo para la investigación complementaria, "nada se va a alterar", porque es el término que las partes tienen para empezar a incorporar a la carpeta de investigación todos los antecedentes y datos que se vayan a presentar la hora de una audiencia intermedia.

"Por una condición de presunción de inocencia que se desprende de la ley, la licenciada María Eugenia Campos va a poder seguir su campaña. Esto no cambia, no altera y no valida (la suspensión de sus derechos); no hay un instrumento legal a través del cual se le puedan suspender sus derechos electorales", enfatiza Gómez.

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¿Qué posibilidades hay de llegar a juicio oral?

Pablo Gómez también señala que en este punto de vinculación a proceso no están obligados a demostrar la inocencia de Maru Campos, pues, insiste, se está bajo la figura de presunción.

"Probar la inocencia a partir del principio de presunción, no tengo por qué demostrarlo como abogado. Y estoy plenamente convencido de que este asunto de ninguna manera soporta el escrutinio de un juicio oral, no hay manera de que el Ministerio Público obtenga una sentencia condenatoria de un tribunal oral", dice.

De hecho, Maru Campos no va a comparecer ante ningún juez sino hasta dentro de seis meses. Aunque, señala el abogado, una de las obligaciones de cualquier imputado es presentarse ante el juez cuantas veces sea necesario, pero procesalmente no está obligada hasta que no se lleve a cabo una audiencia intermedia.

"Vamos a suponer que el juez o el Ministerio Público, por cualquier deducción de un antecedente de investigación, requiere que el imputado acuda, pues debe hacerlo, pero en sí , procesalmente, no hay una obligación de comparecencia hasta que no se lleve a cabo la audiencia intermedia, y esto no ocurre, por las etapas procesales, hasta que concluya el periodo de investigación y el agente del Ministerio Público formula su acusación", precisa.

Para esa etapa del proceso, el abogado menciona que también puede darse el caso de que, de las pruebas que presente la defensa, el Ministerio Público, a la hora de formular la acusación, le diga al juez: "ya tengo desvirtuado el antecedente de investigación y me desisto de la acusación".

En lo que respecta al escenario electoral, el abogado Pablo Gómez manifiesta que su postura es ajena, pero que al final estas son las "reglas del juego" bajo las cuales los actores políticos se enfrentan desde siempre.

"Es con lo que va la licenciada María Eugenia va tener que trabajar y contender. Desde luego, no va a faltar una figura política que diga está vinculada a proceso, o que no debe participar (en las elecciones), pero lo bueno del caso es que el Derecho se hizo específicamente pensando en limitar la actuación del particular", expresa el litigante.

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