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Tribunal Electoral avala candidaturas de Alberto Esquer y Eliseo Fernández de MC

Los magistrados determinaron que MC cumplió con el principio constitucional de paridad al garantizar el registro de candidaturas en entidades, distritos y municipios.
mié 10 abril 2024 07:32 PM
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El 21 de marzo, el Consejo General del INE canceló las fórmulas de Fernández Montufar y Esquer Gutiérrez y las sustituyó por Dulce Dorantes y Mirza Flores.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) y devolvió las candidaturas al Senado de la República a los emecistas Alberto Esquer Gutiérrez y Eliseo Fernández Montufar.

Por mayoría de votos, el pleno determinó que Movimiento Ciudadano (MC) cumplió con el principio constitucional de paridad al garantizar que el registro de las candidaturas, especialmente las encabezadas por mujeres, se realizará en entidades, distritos y municipios en los que existe una mayor posibilidad de alcanzar el triunfo.

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El pasado 21 de marzo, el Consejo General del INE canceló las fórmulas de Fernández Montufar y Esquer Gutiérrez y las sustituyó por Dulce Dorantes y Mirza Flores, debido a que el partido incumplió con el principio de paridad en la postulación de las candidaturas.

El órgano jurisdiccional determinó que las listas de las fórmulas de candidaturas al Senado de la República, correspondientes a los estados de Jalisco y Campeche, deben quedar de la siguiente manera:

Fernández Montufar encabezaba la primera fórmula de Campeche y como suplente va, Francisco Daniel Barrea Pavón.

Mientras que Esquer Gutiérrez encabeza la primera fórmula por Jalisco y como suplente va Luis Fernando Ortega Ramos.

La magistrada Mónica Soto dijo que la postulación de candidaturas constituye una etapa del proceso comicial que sienta las bases del mandato constitucional para hacer efectiva la paridad de género, principio supremo que las autoridades desde sus ámbitos de competencia, en este caso, la jurisdiccional, debe verificar a fin de que las mujeres encuentren el acceso efectivo a los cargos de poder.

En el caso materia de análisis el partido recurrente (MC), cumplió con la paridad en la postulación de sus fórmulas, pues destaca que realizó el registro de candidaturas encabezadas por mujeres en condiciones de igualdad y paridad
Mónica Soto, magistrada

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Detalló que de un total de 32 candidaturas postuladas en las primeras fórmulas, designó a 16 mujeres y a 16 hombres, es decir, el 50% y el 50% de hombres en cada una de las fórmulas.

Además, en cada uno de los bloques evito caer en un sesgo evidente de género que pusiera en riesgo el cumplimiento de la paridad.

Es decir, en el bloque más bajo, evitó postular en su mayoría a mujeres en entidades que no representan un valor real de posibilidad de triunfo, derivado de los resultados obtenido en la anterior elección.

Mientras que en el bloque de “mayores”, garantizó los registros de mujeres en entidades con opción auténtica y posibilidad de triunfo.

Por ello, la magistrada presidenta llegó a la conclusión de que MC cumplió con el principio de paridad en la integridad de la totalidad de las postulaciones, dado que en todo momento atendió a la primera finalidad que se persigue en los bloques de competitividad que es evitar un sesgo evidente de género que tenga repercusiones directas en las opciones de triunfo de las mujeres.

Ello, máxime que además de postular el 50% de mujeres en las primeras fórmulas, las favoreció en las segundas, dado que 20 de las 32 son encabezadas por mujeres, el 62.5% frente a un 37.5% de hombres.

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Elecciones 2024 Movimiento Ciudadano TEPJF

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