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Tribunal devuelve candidatura a Santiago Nieto a una senaduría por Querétaro

Autoridades habían echado abajo la candidatura de Santiago Nieto tras una queja del PAN.
mié 10 abril 2024 04:09 PM
Santiago Nieto
Nieto trabajó en la Unidad de Inteligencia Financiera durante el gobierno de AMLO.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) devolvió la candidatura al morenista Santiago Nieto, pues no hay argumentos para considerar que no cumple con la residencia efectiva en el estado de Querétaro.

Por mayoría de votos y sin discusión, el pleno aprobó el proyecto del magistrado Felipe Fuentes Barrera, en el sentido de revocar la decisión de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que negó la candidatura a Nieto Castillo.

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“Si se considera que para contar con la residencia efectiva exigida por la Constitución federal, (el candidato) por lo menos desde el 23 de noviembre de 2024 debió permanecer de manera habitual y permanente en el estado de Querétaro”, refiere el texto aprobado el pasado 27 de marzo la Sala Regional Toluca.

Ello, derivado de que queja que presentó el Partido Acción Nacional (PAN) en contra del extitular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), por incumplir con los requisitos de elegibilidad planteados en la Constitución.

Incluso, el también exencargado del despacho de la Procuraduría General de Justicia de Hidalgo, Nieto previó que no se aprobaría su candidatura, debido a que no cuenta con la residencia por nacimiento, sin embargo, justificó que toda su vida la ha realizado en San Juan del Río, lugar donde tiene una casa.

“Es fundando el concepto de agravio relativo a que la Sala Regional Toluca calificó de manera indebida el cumplimiento del requisito relativo a ser originario de la entidad federativa para ser Senador de la República, ya que llevó a cabo una interpretación restrictiva y sesgada que no es acorde con el modelo constitucional de protección de derechos humanos, ni con la finalidad constitucional que persigue el requisito de elegibilidad”, indica el proyecto de Fuentes Barrera.

“En relación con el requisito relacionado con la pertenencia a una entidad, la norma constitucional establece dos supuestos que puedan ser cumplidos indistintamente, ser originario o tener residencia efectiva. Así, el cumplimiento del primer requisito relacionado con ser originario del Estado, hace innecesario el cumplimiento del segundo, es decir, el relacionado con acreditar una residencia efectiva de más de seis meses anteriores a la fecha de la elección”, añade el texto 45 cuartillas.

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