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Surya Palacios: delincuentes no saldrán libres si desaparece prisión preventiva

La abogada Surya Palacios considera que la postura del gobierno en contra del proyecto de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es más un asunto político que jurídico.
lun 05 septiembre 2022 05:50 PM
prision-preventiva
De acuerdo con Suyra Palacios, abogada y maestra en Derecho, la postura del gobierno federal en contra de la “desaparición” de esta figura es más un asunto político, que jurídico.

En México no existe ningún riesgo de que narcotraficantes, secuestradores, violadores, feminicidas u homicidas salgan de inmediato o ya no entren a prisión si desaparece la figura de la prisión preventiva oficiosa, opinó Surya Palacios, abogada y maestra en Derecho.

En entrevista con Expansión, explicó que en todos los casos el Ministerio Público (MP) tiene que justificar las razones por las cuáles la persona acusada debe permanecer en prisión, mientras tanto, el juez también debe autorizar.

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Desde su visión, la postura del gobierno federal en contra de la “desaparición” de esta figura es más un asunto político, que jurídico.

La ruta de la prisión preventiva

La también socióloga y periodista recordó que en 2018 la prisión preventiva oficiosa solo incluía, en el artículo 19 constitucional, seis delitos:

  • delincuencia organizada
  • homicidio doloso
  • violación
  • secuestro
  • delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos
  • delitos graves en contra de la seguridad de la Nación

La reforma constitucional en 2011 de este artículo constitucional añadió dos delitos más:

  • trata de personas
  • delitos graves contra el libre desarrollo de la personalidad y la salud

“Antes del presidente Andrés Manuel López Obrador, hasta 2011, teníamos ocho delitos contemplados en el artículo 19 constitucional con prisión preventiva oficiosa.

"Es decir, que el juez, solo con la acusación del Ministerio Público y algunos datos de prueba que pudieran inferir la presunta responsabilidad del acusado, en automático, sin ningún otro tipo de análisis se imponía este tipo de prisión”. abundó.

En 2019, ya en la administración del presidente López Obrador, se aprobó una iniciativa impulsada por el Ejecutivo federal, aunque también fue avalada por la oposición, pues de lo contrario no hubiera pasado en el Senado.

En esa iniciativa se añadieron nueve delitos más al artículo 19:

  • abuso o violencia sexual en contra de menores
  • feminicidio
  • robo a casa habitación
  • uso de programas sociales con fines electorales
  • corrupción –tratándose de delitos de enriquecimiento ilícito y abusivo de atribuciones–
  • robo a transporte de carga
  • delitos en materia de hidrocarburos
  • desaparición forzada de personas
  • desaparición de particulares, así como los delitos en materia de armas de fuego y explosivos, de uso exclusivo del ejército

“De entrada, esa iniciativa del actual gobierno, aumentó los ilícitos que ameritan la prisión preventiva oficiosa o automática, lo cual nos habla de una política penal punitivista que sanciona de manera anticipada a los acusados”, acotó.

Se trata, añadió, de una sanción anticipada que violenta la presunción de inocencia y el derecho humano a la libertad personal.

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¿Qué pasaría en caso de que se apruebe la acción de inconstitucionalidad 130 y el amparo en revisión 355?, se cuestionó a la experta:

“Todos los delitos quedarían con prisión preventiva justificada. Eso no significa que se le vaya abrir la puerta a todos los delincuentes o que vayan a salir de manera inmediata. ¿Por qué? Porque con al decisión de la Corte, siempre y cuando se apruebe con ocho votos de los ministros del Pleno, lo que va a suceder que cualquier delito, así sea un delito muy simple como el robo de un gansito, si el Ministerio Público lo pide y lo justifica con pruebas específicas, el juez tendrá que valorar si se amerita o no la prisión preventiva justificada”, respondió.

Se tiene que justificar –añadió– por el Ministerio Público y por el juez, al considerar que “esta persona tiene que estar con esta medida cautelar, con prisión preventiva, porque se puede evadir de la justicia, porque pone en riesgo a las víctimas, porque es una persona peligrosa. Esto es, se debe justificar con pruebas, evidentemente”.

El que deje de existir la prisión preventiva oficiosa u automática significa la apertura para que muchísimos delincuentes salgan como narcotraficantes, feminicidas, violadores, secuestradores. No, obviamente no, por una simple razón, porque las leyes protegen los bienes jurídicos. La vida es un bien jurídico, como también el patrimonio”
Suyra Palacios, abogada y maestra en Derecho

Los bienes jurídicos tienen diferentes graduaciones en las normas y en los principios que rigen cualquier sistema jurídico: “Evidentemente, todos los abogados sabemos que la vida es el bien jurídico más valioso que puede existir y tiene mucho más valor que un automóvil”, sostuvo.

A un sujeto –señaló la abogada– que está acusado de privar de la vida a una persona no se le puede tratar de la misma manera que a otro que robó un automóvil o un gansito: “El juez sabe perfectamente que el primero es un acusado que, si existen elementos de prueba, necesita estar en prisión preventiva justificada porque atentó contra un bien jurídico que es la vida”.

La otra persona, si bien atentó contra un bien jurídico, lo hizo contra algo que tiene mucho menos valor: un carro y, en su caso, si no existe riesgo de fuga, se le podrá imponer otro tipo de medida cautelar que no sea la prisión preventiva oficiosa justificada, detalló.

“En síntesis: no existe ningún riesgo de que narcotraficantes, secuestradores, violadores, feminicidas, homicidas, salgan de inmediato de prisión o ya no entren a prisión al desaparecer la figura de la prisión preventiva oficiosa, porque en todos los casos el ministerio público deberá de justificar las razones por las cuáles la persona acusada debe permanecer en prisión, y el juez lo debe autorizar”, dijo.

No obstante, consideró que esto significará una mayor carga para el ministerio público, debido a que ahora no solo tendrá que fundamentar la acusación, sino tendrá que probar de manera fehaciente, “al menos con datos de prueba, que la persona permanezca en prisión, si es que así lo quiere el ministerio público y así lo pide ante el juez”.

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“El gran reto es para el ministerio público porque tendrá que hacer mejor su trabajo. El tema no es que al desaparecer esta figura se va a echar atrás la política de seguridad pública, porque el aumento de los delitos, a partir del 2019, que amerita prisión preventiva oficiosa, no han disminuido ni han mejorado en absoluto la seguridad pública del país”, indicó Palacios.

El tener a las personas en prisión preventiva –consideró la maestra en Derecho– lo único que demuestra es llenar las cárceles de presuntos delincuentes y de personas inocentes, porque la presunción de inocencia prevalece.

Presión a la Corte

Para la postura del gobierno federal, en el sentido de que “desaparecer” la prisión preventiva va en contra de la estrategia de seguridad, no es más que una “presión a los ministros de la Corte, que atenta contra la independencia del Poder Judicial”, acusó.

“Creo que es muy grave que hagan este tipo de pronunciamientos tanto el presidente López Obrador, como el secretario de gobernación, Adán Augusto López.

De tal suerte que en el tema específico, este asunto ya no es un tema jurídico, es un asunto político. ¿Por qué? Porque Andrés Manuel López Obrador desde que asumió como presidente y, luego de la reforma del 2019, viene presumiendo discursivamente de que ya no hay impunidad, porque desde su perspectiva la corrupción ya no se permite y se castiga como si fuera un delito grave”, sostuvo.

No hay ningún funcionario que haya sido encarcelado con prisión preventiva oficiosa en esta administración, acusado de corrupción, tratándose de delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de la función. Ni siquiera, Emilio Lozoya, extitular de Pemex”
Suyra Palacios, abogada y maestra en Derecho

Para sus seguidores, –opinó Palacios– AMLO “encarcela a personas porque son corruptas, lo cual no es cierto. Además, en México, la impunidad alcanza un 95%”.

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