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TEPJF: AMLO incurrió en propaganda gubernamental durante periodo prohibido

El Órgano Interno de Control de la Oficina de la Presidencia debe determinar las sanciones para Jesús Ramírez Cuevas, vocero, y Erwin Sigrid Frederick Neumaier, director del CEPROPIE.
mié 07 julio 2021 04:14 PM
Ataques a la prensa
El tribunal electoral confirmó la sentencia de la Sala Especializada: la Presidencia incurrió en propaganda cuando estaba prohibido por el proceso electoral cuya votación fue el 6 de junio.

Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia de la Sala Especializada que determinó que en la conferencia mañanera del presidente Andrés Manuel López Obrador del 9 de abril se incurrió en propaganda gubernamental.

El pleno acordó dar vista al Órgano Interno de Control de la Oficina de la Presidencia, para que determine la sanción al Coordinador General de Comunicación Social y Vocería de la Oficina de la Presidencia de la República, Jesús Ramírez Cuevas.

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Lo anterior, dado que tenía la obligación de revisar y verificar que la información que se iba a difundir en las plataformas de redes sociales de la Presidencia no tuviera propaganda gubernamental prohibida, lo cual no sucedió.

También, se deberá determinar la sanción al titular del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (CEPROPIE), Erwin Sigrid Frederick Neumaier de Hoyos. En este funcionario recaía la obligación de que el contenido se ajustara al marco normativo constitucional y legal.

Además, a las restricciones que existen respecto de la difusión de propaganda gubernamental en periodo de campaña.

En sesión púbica no presencial, el pleno confirmó así la resolución de la Sala Especializada, relativa a que la Coordinación de Comunicación Social y Vocería se encargó de la logística para llevar a cabo la conferencia de prensa referida en el Salón Tesorería de Palacio Nacional.

Además, porque el CEPROPIE es el responsable de generar la producción audiovisual de las actividades públicas del Presidente, para ponerla a disposición de los medios de comunicación, a través de una señal satelital abierta con la finalidad de que los interesados en la difusión hagan uso libre de dichos productos audiovisuales.

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La queja

El 19 de abril, Teresa Guadalupe Vale Castilla presentó una queja por la presunta difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido durante la referida conferencia, en la que se hacía alusión a diversos logros del gobierno, en periodo prohibido.

El 27 de mayo, la Sala Especializada declaró la existencia de la infracción por la difusión de propaganda gubernamental; además que se acreditó la transgresión al artículo 41, de la Constitución por otras manifestaciones en la conferencia.

Erwin Sigfrid Frederick Neumaier de Hoyos, en su carácter de director del CEPROPIE; Jesús Ramírez Cuevas, como Coordinador General de Comunicación Social y Vocería, así como Édgar Armando Aguirre González, en representación de la presidencia de la República, promovieron el 2 de junio recursos de revisión del procedimiento especial sancionador.

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