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7 claves sobre la violencia política contra las mujeres en México

El INE ha atendido 36 quejas, denuncias o vistas en materia de violencia política contra las mujeres en un periodo que va del 14 de abril de 2020 al 19 de febrero de 2021.
mar 09 marzo 2021 06:00 AM
violencia política ine
Leticia Bonifaz Alfonzo, integrante del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, dice que la afrenta contra las mujeres al intentar participar en la política se debe a que "desde el inicio los derechos políticos correspondieron a los hombres".

México se encuentra en medio del proceso electoral más grande de la historia, en el que muchas ciudadanas y ciudadanos han comenzado a usar las "gafas violentas" para identificar la violencia contra las mujeres.

La cancha electoral no exenta de la violencia en razón de género, de hecho para algunas especialistas, como Leticia Bonifaz, integrante del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Cedaw, por sus siglas en inglés), este tipo de violencia se encuentra "exacerbada".

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Del 14 de abril de 2020 al 19 de febrero de 2021, el INE ha recibido 36 quejas o denuncias de diputadas federales (5), senadoras (4), militantes de partido (4) y regidoras (3), acusando haber sido víctimas de violencia política en razón de género (VPRG).

Las denuncias han sido por quejas por videos publicados en Facebook, en los que se les denigra, por insultos en eventos públicos, expresiones discriminatorias, amenazas, y tratos humillantes.

Una de estas denuncias fue la que la diputada por Morena, Wendy Briceño interpuso en diciembre de 2020, quien denunció haber recibido ataques violentos en su contra, difundidos en redes sociales y mediante el uso de columnas publicadas en diferentes portales de internet, así como desde cuentas falsas, con la intención de calumniarla y descalificarla.

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Las elecciones, una carrera con obstáculos para las mujeres

La integrante del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Cedaw, por sus siglas en inglés), Leticia Bonifaz Alfonzo, destacó durante su participación en un seminario del INE y la Facultad de Derecho de la UNAM, que históricamente la afrenta contra las mujeres al intentar participar en la política se debe a que "desde el inicio los derechos políticos correspondieron a los hombres".

La abogada mexicana, experta en derechos humanos e igualdad de género, destacó que hoy en día la violencia política contra las mujeres se encuentra en niveles exacerbados.

"La violencia política contra las mujeres está subiendo, y la violencia política es una de las formas de violencia. En la pandemia subió la doméstica en todos los países del mundo y la política se está dando de una manera muy fuerte. Además, en México hay que diferenciar el ámbito rural y el ámbito urbano, porque todavía los usos y costumbres ancestrales de comunidades indígenas son más duros en cuanto a la participación política de las mujeres", explicó Bonifaz Alfonzo.

Los hombres compiten normalmente en sus 100 metros planos, y las mujeres compiten en una carrera con obstáculos, en el que apenas libras uno y llega el siguiente, y el siguiente”.
Bonifaz Alonso.

Bonifaz agregó que muchas veces la violencia política se inicia con el "no te dejo participar, pero si ya estás inscrita entonces no te doy completa la información, o te pongo en un distrito perdedor, y si ya ganaste, entonces no dejo que rindas protesta, y si ya rendiste protesta entonces impido que ejerzas tu funciones".

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"Es un obstáculo, otro, otro, otro, y aparentemente las carreras son iguales, pero no son iguales, porque las mujeres venimos cargando todo el tiempo con una serie de cuestiones ancestrales por el sistema patriarcal en el que hemos vivido desde hace varios años", dijo.

La doctora en derecho por la UNAM puntualizó que en muchos casos la violencia política contra las mujeres inicia en las descalificaciones en cuanto la capacidad de la mujer a gobernador, “en donde se tiene que demostrar que las mujeres pueden con los cargos políticos y las tareas de cuidado”.

Destacó que pese a los avances que se tiene ya en materia legal, el gran pendiente se encuentra en lograr un avance cultural.

“El avance que tenemos que seguir haciendo solo va a depender de una verdadera concientización y de una claridad en donde se vea por qué sigue existiendo ese techo de cristal, porque sigue existiendo suelo pegajoso, porque para la mujer sigue siendo difícil romper cientos niveles de representación y cuando tengamos esa claridad tendremos definitivamente otro país, otro México y otras condiciones de igualdad en el mundo", dijo.

Las claves para entenderla

Así, de cara a las elecciones del 6 de junio, es vital no pasar de largo que la violencia contra las mujeres es un tema latente.

1. ¿Qué es la violencia política en razón de género?

No toda la violencia política tiene elementos de género, por lo que algunos criterios para identificar este tipo de violencia son:

  • Cuando la violencia se dirige a una mujer por ser mujer. Es decir, las agresiones están especialmente orientadas en contra de las mujeres por su condición de mujer y por lo que representan en términos simbólicos. Incluso, muchas veces el acto se dirige hacia lo que implica lo “femenino” y a los roles que normalmente se asignan a las mujeres.
  • Cuando la violencia tiene un impacto diferenciado en las mujeres. Esto es, cuando por una acción u omisión se afecta a las mujeres de forma diferente que a los hombres o cuando les afecta en forma desproporcionada.

En ambos casos, se toman en cuenta las afectaciones que se puede generar en el proyecto de vida de las mujeres.

2. ¿Como se define la violencia política contra las mujeres por razón de género?

De acuerdo con el Protocolo para la Atención de la Violencia Política contra las mujeres en razón de género, ésta compende todas aquellas acciones u omisiones de personas, servidoras o servidores públicos que se dirigen a un funcionaria, candidata, representante popular por ser mujer, tienen un impacto diferenciado en ellas o les afectan desproporcionadamente, con el objeto o resultado de menoscabar o anular sus derechos político-electorales, incluyendo el ejercicio del cargo.

La violencia política contra las mujeres puede incluir: violencia física, psicológica, simbólica, sexual, patrimonial, económica o feminicida.

3. ¿Quiénes pueden ser acusados de ejercerla?

La VPRG puede ser ejercida por cualquier persona o grupo de personas -hombres o mujeres-, en particular: integrantes de partidos políticos, aspirantes, precandidatos(as), candidatos(as) a cargos de elección popular o de dirigencia partidista; servidores(as) públicos(as), autoridades gubernamentales, funcionarios(as) o autoridades de instituciones electorales; representantes de medios de comunicación; el Estado o sus agentes.

4. ¿En qué lugares se puede dar?

Tiene lugar tanto en el espacio público como en el privada; en la esfera política, económica, social, cultural, civil; dentro de la familia, unidad doméstica o en cualquier relación interpersonal y en la comunidad, en un partido o institución política.

Puede efectuarse a través de cualquier medio de información, periódicos, radio y televisión, incluso a través de las tecnologías de la información, el ciberespacio y las redes sociales.

5. ¿Qué sanciones hay?

La violencia política contra las mujeres en razón de género no está aún reconocida como una conducta sancionable a nivel nacional, pero, de acuerdo con la Guía Ciudadana para la Atención de la Violencia Política contra las Mujeres del INE, ésta puede ser sancionada a través de otras conductas que sí están contempladas como delitos y generar responsabilidades por esas vías.

Además, según se apunta, los actos de violencia política en razón de género pueden contemplar: delitos en general, delitos electorales y/o por incumplimiento a las obligaciones electorales

De acuerdo a las expresiones que adquiera la violencia y a la competencia de cada instancia, las sanciones pueden ser:

  • Instituto Nacional Electoral (infracciones a la normativa electoral federal)
  • Organismos Públicos Electorales Locales (infracciones a la normativa electoral local)
  • Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (delitos electorales)
  • Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (incumplimiento de cualquier obligación electoral)
  • Partido Político (cuando se trate de asuntos internos competencia del sistema de justicia intrapartidaria)

En esta época de campañas electorales, se debe poner lupa a los actos que puedan influir en sus resultados electorales, ya sea que se impidan la competencia electoral en condiciones de igualdad y a los actos que tiendan a calumniar, discriminar, degradar, descalificar, difamar o injuriar a mujeres candidatas.

La VPRG puede ser cometida por un candidato o candidata, un funcionario o funcionaria pública, una persona que pertenece a un partido político y/o medios de comunicación.

6. ¿Cuántas personas han sido sancionada?

A este viernes 5 de marzo, ya hay 20 personas con catigos. De acuerdo con el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, hay ya 16 hombres y 4 mujeres sancionadas.

Apenas este 4 de febrero, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que Sergio Jesús Zaragoza Sicre, creador del perfil en Facebook “El Chou de Monchi”, ejerció violencia política contra Lilly Téllez, hace dos años, durante las campañas para el Senado de la República.

Lo anterior por la difusión de un video llamado “Entrevista del Monchi a Lilly Téllez”, por lo cual fue multado con 100 Unidades de Medida de Actualización, equivalentes a la cantidad de 8,060 pesos.

De acuerdo con el Informe sobre el estado que guardan las Quejas y Denuncias en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, que la consejera Carla Humphrey, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género del INE, presentó el pasado 26 de febrero, de las 36 denuncias que el INE ha recibido, el instituto solo ha tenido competencia en 11 de ellas, las demás han sido remitidas a otras autoridades.

7. El violentómetro

En México, se cuenta con un "violentómetro de la VPRG", el cual documento elaborado por las instituciones que conforman el Observatorio de Participación Política de las Mujeres en México (OPPMM) y que pretende ser una guía para que las candidatas identifiquen las conductas que pueden constituir violencia política en razón de género.

Y es que las conductas que podrían configurarse como violencia política en razón de género van desde bromas hirientes, humillaciones en público y chantajes, hasta las amenazas de muerte, presiones para renunciar a los cargos o golpes.

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