La propuesta busca modificar el Código Penal Federal para incluir un nuevo delito que contemple penas de prisión, multas y reparación del daño cuando una persona atribuya la paternidad a un tercero sin vínculo biológico.(monkeybusinessimages/Getty Images/iStockphoto)
Cada vez son más frecuentes los conflictos legales relacionados con las obligaciones de pensión alimentaria tras una separación. En este contexto, el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) presentó una iniciativa para sancionar penalmente a quien imponga la paternidad a una persona que no es el padre biológico de un menor.
La propuesta busca modificar el Código Penal Federal para incluir un nuevo delito que contemple penas de prisión, multas y reparación del daño cuando una persona atribuya la paternidad a un tercero sin vínculo biológico. El proyecto fue presentado por el diputado Ernesto Núñez Aguilar ante la Cámara de Diputados.
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Esto plantea el nuevo delito que propone el PVEM
Núñez Aguilar plantea que cuando un hombre asume obligaciones legales por un hijo que no es suyo, y esto ocurre por una acción dolosa de la otra parte, se incurre en una estafa parental.(bluecinema/Getty Images)
El documento propone adicionar el artículo 390 Ter al Código Penal Federal, el cual sancionaría con uno a cinco años de prisión y de 100 a 1,000 días de multa a quien cometa alguno de los siguientes actos:
- Registrar a una persona atribuyendo falsamente la paternidad a un tercero.
-Aprovechar la existencia de menores derivados de una relación conyugal para ocultar, transferir o adquirir bienes a nombre de terceros.
Además de las sanciones penales y económicas, el proyecto permite al afectado exigir la reparación del daño por las cantidades entregadas como parte de las obligaciones alimentarias impuestas injustamente.
Según el partido, esta medida busca proteger el patrimonio de quienes hayan sido obligados a ejercer responsabilidades de paternidad que no les corresponden, sin afectar el derecho de los menores a recibir alimentos.
Qué argumentos presentó el legislador que impulsa esta reforma
En la exposición de motivos, el diputado Ernesto Núñez afirma que el engaño en la atribución de paternidad representa un problema social que requiere atención jurídica. Señala que, aunque el Código Civil ya protege los derechos de los menores, también se deben garantizar los derechos de los adultos involucrados, especialmente cuando se ha incurrido en un engaño.
El documento cita un estudio del Journal of Medical Ethics publicado en 2016, el cual indica que uno de cada 50 hombres cría a un hijo que no es suyo sin saberlo. Aunque el estudio fue realizado en Inglaterra, se argumenta que situaciones similares ocurren en México sin que exista una figura penal que las sancione.
Además, se presentan datos del INEGI que indican que en 2017, más de 17 millones de hombres mexicanos entre 20 y 54 años habían tenido al menos un hijo nacido vivo, lo cual representa el 67% de la población masculina en ese rango de edad.
Por qué se considera una estafa y no un error legal
Núñez Aguilar plantea que cuando un hombre asume obligaciones legales por un hijo que no es suyo, y esto ocurre por una acción dolosa de la otra parte, se incurre en una estafa parental. El legislador explica que esta situación se presenta cuando hay un aprovechamiento del vínculo conyugal para imponer obligaciones que no corresponden biológicamente.
La iniciativa distingue entre los casos donde ambos cónyuges están conscientes de que uno de ellos cría a un hijo que no es suyo —lo que se considera un vínculo por afinidad, reconocido por el Código Civil— y los casos donde uno de ellos actúa con dolo para obtener beneficios patrimoniales o transferir obligaciones legales.
También se argumenta que este tipo de conductas no solo afectan a quien asume injustamente las responsabilidades de paternidad, sino también a los hijos biológicos de esa persona, quienes podrían ver reducidos sus recursos por una obligación impuesta en falso.
Qué efectos tendría esta propuesta si se aprueba
Esta medida busca proteger el patrimonio de quienes hayan sido obligados a ejercer responsabilidades de paternidad que no les corresponden, sin afectar el derecho de los menores a recibir alimentos.(visualspace/Getty Images)
De acuerdo con el texto, el objetivo principal de la reforma es garantizar que las obligaciones alimentarias sean asumidas únicamente por los progenitores biológicos o adoptivos, y no por personas que fueron engañadas. En este sentido, se subraya que:
- El derecho de los menores a recibir alimentos se mantiene intacto. - La ley solo exigiría responsabilidad a quienes realmente tienen un vínculo legal o biológico con el menor. - Se protegería el patrimonio del afectado y se permitiría exigir indemnización.
El proyecto contempla además que los congresos locales puedan adaptar esta figura penal a sus propios códigos para que tenga efectos en todo el país. La entrada en vigor se establecería al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, si es aprobada por el Congreso.