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Senado avala reforma para incorporar al IMSS a trabajadores de apps

La reforma modifica la Ley Federal del Trabajo para establecer que los repartidores en plataforma digitales “disfrutarán” de todos los derechos laborales.
jue 12 diciembre 2024 07:58 PM
Repartidores regularizan su empleo (3)
Las reformas han dividido opiniones entre repartidores de las aplicaciones.

A días de que el Senado finalice su periodo ordinario de sesiones, los legisladores aprobaron por unanimidad de 113 votos en lo general y particular una reforma para que trabajadores de plataformas digitales de transporte y reparto, como Didi y Uber, cuenten seguro social.

La modificación -que es a la Ley Federal del Trabajo- especifica que las plataformas digitales serán “el conjunto de mecanismos, aplicaciones informáticas, sistemas y dispositivos que asignen tareas, obras, servicios y trabajos a personas trabajadoras en favor de terceros”.

Mientras, los trabajadores de esas app serán los que “presten servicios personales, remunerados y subordinados, bajo el mando y supervisión de la plataforma digital de una persona física o moral''.

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La modificación establece que los trabajadores en plataforma digitales “disfrutarán” de todos los derechos, incluyéndolos colectivos, reconocidos en la ley, por lo cual las empresas de estas plataforma deberán establecer mecanismos para garantizarlo.

La propuesta aprobada establece diversas obligaciones para las empresas de plataformas:

  • Inscripción de las personas trabajadoras en el régimen obligatorio de seguridad social
  • Aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los trabajadores
  • Pagos de servidos en un plazo no mayor de una semana
  • Mecanismos para llevar registros de horas trabajadas
  • Emisión de recibos de pagos realizados
  • Implementación de mecanismos que garanticen la seguridad de información y datos de los trabajadores
  • Retener y enterar el pago de cuotas
  • Mecanismo de adiestramiento, capacitación y asesoría
  • Informar sobre las medidas de seguridad social.

La senadora morenista Simey Olvera dijo que no se debe permitir que las plataformas digitales se conviertan en un refugio “para la explotación disfrazada de modernidad”, sino enfatizó que la modernidad debe estar en conjunto que garanticen los derechos laborales.

El senador Clemente Castañeda comentó que esta reforma se reconoce una relación laboral entre los trabajadores y los empleadores de plataformas digitales, lo que implica el reconocimiento de derechos laborales, como indemnización, utilidades y prestaciones.

“Estamos convencidos que la mejor política social es una buena política laboral. La reforma que hoy discutimos representa un paso importante en la dignificación de las personas trabajadoras y del combate a la precariedad laboral”, dijo el coordinador de Movimiento Ciudadano.

La panista Imelda Sanmiguel comentó que estas plataformas transformaron la forma en que se consume y crearon nuevas modalidades de empleo, por lo que dijo que esta reforma busca reconocer la dignidad de los trabajadores y garantizarles sus derechos laborales.

“Esta innovación ha venido acompañada de un reto importante: la precariedad laboral que enfrentan miles de personas en este sector. Para quienes laboran en estas plataformas el trabajo diario significa largas jornadas, la exposición de riesgos en las calles y un ingreso incierto. Todo ello mientras se enfrenta la ausencia de derechos laborales básicos”, mencionó.

Esta reforma también señala que el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y en su caso el Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores publicarán en el Diario Oficial de la Federación, dentro de los 5 días siguientes a la entrada en vigor de esta reforma, las reglas que garanticen el cumplimiento de las obligaciones establecidas en esta modificación.

Además le prohíbe a las empresas de plataformas digitales:

  • Cobro a las personas trabajadoras por la inscripción, uso, separación o conceptos relacionados con el esquema laboral
  • Trabajo de menores de edad
  • Retención de dinero a las personas trabajadoras
  • La manipulación del ingreso de las personas trabajadoras de plataformas que evite su calificación como trabajadores subordinados de plataformas digitales
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