También se propone agregar los delitos de extorsión, narcomenudeo, delitos previstos en las leyes aplicables cometidos para la ilegal producción, preparación, enajenación, decisión, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de drogas sintéticas, como el fentanilo y sus derivados.
Sin embargo, en enero de 2023 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ordenó al Estado Mexicano eliminar el arraigo y modificar la prisión preventiva oficiosa, debido a que se encarcela a las personas sin justificación desde el inicio de un proceso penal, sin que el juez tenga aún elementos para la privación de la libertad.
La resolución de la CIDH se basa en que, además, ya existe en México la prisión preventiva justificada, aquélla en la que los jueces cuentan con elementos para proceder a encarcelar a una persona presuntamente responsable.
En cambio, la prisión preventiva oficiosa se aplica sin que haya ningún elemento, sólo por la orden de un juez y por tanto se afecta el derecho a la presunción de inocencia y se mantiene indebidamente a las personas recluidas, sin sentencia que acredite su responsabilidad.
“Para diciembre de 2022, más del 40% de la población privada de libertad en centros penitenciarios en México se encontraba en prisión preventiva; en promedio, la duración de los procesos penales con prisión preventiva en 2021 se ubicaba entre 141 y 248 días, pero hay personas que llevan años esperando sentencia desde la cárcel”, determinó en 2023 la CIDH.
Además el organismo señaló que con la reforma en la materia concretada en 2019, también a propuesta de López Obrador y que se amplió el número de delitos sujetos a prisión preventiva oficiosa, entre ellos los electorales o el huachicoleo, ya había un “sobreuso de la prisión preventiva”.
Eso, de acuerdo al organismo internacional, “trastoca seriamente la efectiva investigación y enjuiciamiento de los delitos en México”.
La defraudación fiscal, un peligro
De acuerdo con el dictamen, se requiere que haya prisión preventiva oficiosa para los delitos de defraudación fiscal y contrabando pues perseguir ambos ilícitos pues de lo contrario hay peligro para la subsistencia y mantenimiento de las actividades gubernamentales.
La justificación es que de acuerdo con la información de los ejercicios fiscales de 2017, 2018, 2019, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) “detectó que los esquemas de facturación falsa involucran tanto a personas físicas, como a personas Morales y que el daño ocasionado por estos esquemas hacienda de más de 338,000 millones de pesos “.
El año pasado, de acuerdo al documento, “se identificaron alrededor de 10,790 sujetos que incurrieron en esquemas de defraudación fiscal “.
Por todo eso se plantea que es necesario legislar para inhibir, prevenir y sancionar los delitos en materia de defraudación fiscal y contrabando con cárcel.