Por unanimidad, el pleno del Senado abrogó la Ley Sobre Delitos de Imprenta, que databa de 1917, por considerar que era anacrónica y limitaba el goce y ejercicio de los derechos de libertad de expresión, opinión e imprenta.
El decreto fue remitido al Ejecutivo para su promulgación y entrada en vigor, pero se incluyó un artículo segundo transitorio para que en 180 días naturales después de la entrada en vigor del decreto el Congreso realice “las adecuaciones necesarias al marco jurídico para establecer el reconocimiento de las libertades de expresión y de imprenta”.