La propuesta fue presentada por el senador Martí Batres (Morena) desde el 8 de enero de 2020, es decir, antes de que la pandemia obligara al cierre de planteles educativos.
De hecho, por esta situación y ante la evidencia científica de que las personas con obesidad y diabetes son las más vulnerables ante el virus SARS-CoV-2, el Congreso de Oaxaca aprobó en agosto de 2020 una ley que prohíbe la venta y suministro de alimentos y bebidas ultraprocedadas a menores de edad, en cualquier ámbito.
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La iniciativa aprobada este jueves en el Senado es para reformar el artículo 75 de la Ley General de Educación. "Con el propósito de lograr un óptimo desarrollo y desenvolvimiento en las distintas áreas educativas, abonando en la lucha contra la grave crisis de salud en materia de obesidad, sobrepeso, diabetes e hipertensión que afecta a nuestro país", se lee en el documento.
A diferencia de la "ley antichatarra" de Oaxaca, que deja en manos de los padres de familia o tutores la responsabilidad de lo que consuman los menores, la legislación del Senado establece que las autoridades educativas son las que tendrán que promover, en los tres niveles de gobierno, la prohibición de la venta de alimentos con alto contenido calórico en las inmediaciones de las escuelas.