"Siguiendo los criterios nutrimentales y las normas oficiales mexicanas de la Secretaría de Salud (...) las autoridades educativas promoverán ante las autoridades correspondientes, sean federales, de un estado, municipio, alcaldía, ejido o de la comunidad, la prohibición de la venta de alimentos con bajo valor nutritivo y alto contenido calórico en las inmediaciones de los planteles escolares.
"Estas autoridades fomentarán el expendio de alimentos saludables, de preferencia producidos en el barrio, vecindad o región de cada plantel", establece la ley del Senado.
También se instruye a las cooperativas de las escuelas "fomentar estilos de vida saludables" en la alimentación de los estudiantes, para lo cual se indica que su operación será con apego a los lineamientos que establezca la Secretaría de Salud.
"La Secretaría garantizará todos los apoyos necesarios para que las cooperativas cumplan esta obligación y para que en las mismas se distribuyan productos del barrio, vecindad o región de cada plantel, que sea culturalmente adecuados a la comunidad educativa, los cuales deberán incluir la comercialización de frutas y verduras", se agrega en el documento.
Esta ley también se se aprueba en medio de la implementación, a nivel nacional, del nuevo sistema de etiquetado frontal en bebidas azucaradas y productos ultraprocesados
De acuerdo con datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), México se encuentra en el primer lugar a nivel mundial en obesidad infantil.