Con la aprobación a los cambios a la Ley General de Salud, ahora las galletas, refrescos y demás alimentos y bebidas altos en azúcares y sodio deberán mostrar un nuevo etiquetado que le advierta al consumidor su contenido.
La modificación también le abre la puerta al gobierno federal, en específico a la Secretaria de Salud, para que elija si un producto debe contener una leyenda o un pictograma –como sucede en las cajetillas de cigarro– para advertirle al ciudadano lo que está consumiendo.
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En las modificaciones al artículo 112 de la Ley, se incluyó que "el etiquetado frontal de advertencia deberá hacerse en forma separada e independiente a la declaración de ingredientes e información nutrimental, para indicar los productos que excedan los límites máximos de contenido energético, azúcares añadidos, grasas saturadas, sodio y los demás nutrimentos críticos e ingredientes que establezcan las disposiciones normativas competentes".
Además, de acuerdo con la modificación, la Secretaria de Salud podrá ordenar la inclusión de leyendas o pictogramas cuando lo considere necesario.
Durante la discusión del dictamen, los diputados utilizaron camisetas y sacaron carteles de cómo podrían verse las nuevas etiquetas, que ya se trabajan con organizaciones de la sociedad civil que han impulsado la iniciativa y representantes de la industria.
Se prevé que ahora este tipo de alimentos esté acompañado con etiquetas como "Alto en Grasa", "Alto en Azúcares", "Alto en Sodio", cuando rebase el porcentaje recomendado.
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Cabe aclarar que, para la elaboración de la norma, las modificaciones aún deben ser discutidas y aprobadas por el Senado de la República.
En las modificaciones del artículo 215 votadas en la Cámara de Diputados, se establece que el sistema de etiquetado deberá ser considerado como simplificado.
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También se lee: "el etiquetado frontal de advertencia de alimentos y bebidas no alcohólicas será un sistema de información simplificada en el área frontal de exhibición del envase, el cual debe advertir de manera veraz, clara, rápida y simple sobre el contenido que exceda los niveles máximos de contenido energético, azúcares añadidos, grasas saturadas, grasas, sodio y los nutrimentos críticos, ingredientes y las demás que determine la Secretaría".
Además los "nutrimentos críticos se entenderán como aquellos componentes de la alimentación que pueden ser un factor de riesgo de las enfermedades crónicas no transmisibles, serán determinados por la Secretaría de Salud".