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Congreso de la CDMX aprueba reforma para regular motos y patines eléctricos

Licencia de conducir, casco para motociclista e infracciones serán parte de la regulación en la Ley de Movilidad de la CDMX para vehículos eléctricos.
vie 15 agosto 2025 01:30 PM
Ya es oficial: licencia para scooters y bicis eléctricas es obligatoria en CDMX; Congreso aprueba reforma
Motocicletas y patines eléctricos que superen los 25 kilómetros por hora serán regulados como vehículos en la CDMX.

El Congreso de la Ciudad de México aprobó este 15 de agosto la reforma a la Ley de Movilidad de la capital, que establece reglas para las motocicletas y vehículos eléctricos que alcancen una velocidad por encima de los 25 kilómetros por hora y circulen en la capital.

Con 58 votos a favor, los legisladores capitalinos aprobaron en sesión extraordinaria el dictamen de la ley de movilidad que conjunta las propuestas hechas por la jefa de gobierno, Clara Brugada, y el diputado panista Federico Chávez.

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Uno de los principales cambios es la clasificación como motocicletas de aquellos vehículos con dos o más ruedas con motor eléctrico que alcancen velocidades superiores a 25 kilómetros por hora o tengan una potencia continua nominal mayor a 1 KW (1.34HP).

Se crea la categoría de Vehículo Motorizado Eléctrico Personal (VEMEPE) para los vehículos con manubrio y asiento, acelerador independiente y dos o más ruedas que cuenten con motor eléctrico con capacidad de desplazarse a más de 25 kilómetros por hora.

Estos se clasificarán en dos tipos:

  • Tipo A: Con peso menor a 35 kilogramos.
  • Tipo B: Con peso mayor a 35 kilogramos y hasta 350 kilogramos.

Licencia de conducir para scooters y bicicletas eléctricas

Todo conductor de vehículo motorizado, incluyendo motociclistas y personas conductoras de VEMEPE, deberá contar y portar licencia de conducir correspondiente al tipo de vehículo, establece la reforma al Artículo 64.

Con estos cambios quienes circulen en vehículos eléctricos como motocicletas y monopatines podrán ser sancionados: tendrán prohibido circular por las aceras, ciclovías y carriles confinados para el transporte público, con multas que van de 20 a 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA) que equivale a entre 2,262 a 3,394 pesos.

Asimismo tendrían que utilizar casco para motociclista con certificación o que cuente con los elementos de seguridad establecidos en el Reglamento de Tránsito de la ciudad, de lo contrario podrían recibir una multa de entre 10 a 20 veces la UMA, esto es de 1,131 a 2,262 pesos.

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Con la reforma para regular los vehículos eléctricos el Gobierno de la ciudad podría tener ingresos de entre 21.5 millones y 385 millones de pesos por cada 10,000 unidades, tanto por trámites –como licencia de conducir, placas y tarjeta de circulación– como por la aplicación de multas, de acuerdo con una estimación de la Unidad de Estudios de Finanzas Públicas del Congreso capitalino.

Aunque no hay un registro oficial, se estima que en la capital circulan alrededor de 120,000 motocicletas eléctricas, sin considerar otros vehículos eléctricos como monopatines.

El cambio surge a partir de la iniciativa propuesta enviada por la jefa de Gobierno, Clara Brugada.

“Todas estas acciones tratan de cuidar a los usuarios, de evitar accidentes y tener un uso muy claro de calles para la movilidad en la Ciudad de México. Estoy segura de que estas modificaciones van a salvar vidas, que ese es el gran objetivo”, afirmó la mandataria en conferencia de prensa el 4 de marzo al dar a conocer la iniciativa.

Los motociclistas son la principal víctima mortal de hechos de tránsito en la Ciudad de México: en 2024 representaron el 44.5% de las muertes con 232 personas fallecidas y de enero a marzo de 2025 han concentrado el 48.6% de las muertes con 54 motociclistas que perdieron la vida, de acuerdo con datos de la Secretaría de Movilidad (Semovi).

Sin embargo, la dependencia no distingue en sus informes cuántas muertes corresponden a motocicletas convencionales o de combustión y cuántas a eléctricas.

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Una regulación necesaria

Víctor Alvarado, especialista en movilidad y políticas públicas, afirma que la regulación para estos vehículos eléctricos es necesaria en la Ciudad de México ante su crecimiento como opción de transporte, pues la cantidad de motocicletas y monopatines eléctricos ha aumentado a consecuencia de vacíos en la Ley de Movilidad y el Reglamento de Tránsito.

“Se cree falsamente que son vehículos seguros cuando no lo son, se permite usar estos vehículos sin mayor conocimiento más allá de saber cómo encenderlo. Estos vehículos tienen otras grandes omisiones: no ofrecen frenos ABS ni la exigencia de utilizar casco y esto se asocia al incremento de la siniestralidad”, explica el integrante de la Asociación Mexicana de Transporte y Movilidad (AMTM).

Sin embargo se han mostrado resistencias, como la manifestación frente al Congreso capitalino realizada el pasado 13 de agosto donde decenas de usuarios de motocicletas y monopatines eléctricos mostraron su rechazo.

Alvarado apunta a la necesidad de sensibilizar a las y los conductores de este tipo de vehículos.

“Tiene que ir acompañado de un proceso de socialización y sensibilización para que no quede como un esquema recaudatorio más de parte de esta administración”, señala el especialista.

La reforma a la Ley de Movilidad fue enviada a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México para su promulgación.

Una vez publicada en la Gaceta Oficial entrará en vigor al día siguiente y el Poder Ejecutivo tiene un plazo de las 360 días para hacer las modificaciones correspondientes al reglamento de tránsito para la aplicación de las nuevas normas sobre los vehículos eléctricos aplicables.

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