Publicidad
Publicidad

Abogados ven fines recaudatorios con "declaración" de inmuebles en CDMX

Con la "declaración informativa", el gobierno capitalino busca ajustar al alza las boletas de predial para allegarse de más recursos en el corto o mediano plazo, advierten especialistas.
dom 09 marzo 2025 11:59 PM
predio-cdmx.jpg
La Secretaría de Finanzas de la CDMX sostiene que esta "declaración" de inmuebles con valor superior a 4.5 millones de pesos, es voluntaria y solo tiene fines estadísticos y de actualización.

La denominada "declaración informativa" de inmuebles en la Ciudad de México tiene fines recaudatorios por la vía de la actualización catastral, más que buenas intenciones o propósitos meramente estadísticos de las autoridades locales, advierten abogados.

Consultados por Expansión Política, los abogados señalan que la medida del gobierno capitalino, que aplica para inmuebles con valor superior a los 4.5 millones de pesos, además representa una violación a la privacidad y una posible extralimitación de facultades.

“Yo no tengo por qué informarle al gobierno qué hago con mi inmueble y quienes habitan en él, si está ocupado o está desocupado, es una violación flagrante no de la propiedad, sino a la privacidad”, sostiene Mariana Samudio, del despacho Adaya y Asociados.

Publicidad

El Gobierno de la Ciudad de México estableció nuevos lineamientos para que propietarios de inmuebles con valor catastral superior a los 4.5 millones de pesos emitan una “declaración informativa” ante la Secretaría de Finanzas para conocer si el inmueble está ocupado, arrendado o deshabitado.

Mediante un formulario de seis preguntas, la CDMX busca saber si el inmueble se ocupa para fines habitacionales o se utiliza para otros ramos o giros; según la autoridad, esta medida busca actualizar el padrón catastral y no es obligatoria.

Especialistas aseguran que la modificación al Código Fiscal de la Ciudad de México tiene propósitos recaudatorios a mediano o largo plazo, además de atentar contra el derecho a la privacidad de los propietarios.

Consideran que dicha disposición también podría ser un complemento regulatorio de otras reformas aprobadas en el congreso local recientemente, como la que busca frenar hospedajes mayores a 180 días en plataformas digitales.

Publicidad

Inmuebles habitacionales bajo la lupa

Se tiene un estimado de 320,000 propiedades en la CDMX que superan los 4.5 millones de pesos. El sitio web del Sistema de Información Geográfica del gobierno capitalino tiene público el padrón de catastro clasificado por alcaldías y colonias.

Tras una revisión, se detectó que alcaldías como Miguel Hidalgo, Cuauhtémoc, Benito Juárez y Álvaro Obregón son las que tienen el mayor número de colonias que entran en la disposición de entregar una “Declaración Informativa”.

Medida recaudatoria

Para la abogada Mariana Samudio, con la modificación al artículo 132 del código fiscal local y la implementación de la “declaración informativa”, lo que busca el gobierno es obtener información sobre las personas físicas o morales, así como de inmuebles, para actualizar las boletas de predial en los próximos años.

“Es con el fin de tener una mayor aportación a las finanzas públicas de la Ciudad de México. Es decir, que -por ejemplo- si antes me pagaban un peso (de predial), ahora te voy a cobrar dos” afirma.

Añade que los alcances de esta actualización de datos catastrales no se verían reflejados en el corto plazo, pues lo que se busca es que, para los ejercicios fiscales de 2026 en adelante, se generen las nuevas boletas de predial ya con el ajuste a la alza, si fuera el caso.

Con la información que el gobierno puede extraer, esto obviamente tendrá un impacto en el pago de impuestos y por consecuencia en el pago de las rentas".
Mariana Samudio, abogada de Adaya y Asociados.

Sobre este mismo tema, Alejandro Diener, socio de la firma de abogados Hogan Lovells, señala que, si bien el gobierno de la CDMX aclaró que la “Declaración Informativa” solo es para el 3% de los inmuebles habitacionales y que no es de carácter obligatorio, la autoridad cuenta con herramientas para actualizar su base de datos de catastro sin necesidad de emitir una declaratoria sobre el estado que guardan los inmuebles.

Disposición complementaria

Angel Domínguez de Pedro, socio mercantil y financiero de Hogan Lovells, observa que la disposición incluida en el Código Fiscal de la CDMX está ligado a la reforma a la Ley de Turismo local, aprobada en abril de 2024, la cual establece que los anfitriones de plataformas de hospedaje deben registrarse en un padrón e impone un límite de 180 noches de ocupación de un inmueble al año.

También puede guardar vínculo, estima, con las reformas a la Ley de Vivienda y al Código Civil aprobadas en agosto de 2024, para garantizar que las rentas no incrementen por encima de la inflación anual y la creación de un padrón de viviendas en arrendamiento.

Lo que se está buscando es cazar estos inmuebles a partir de este valor (4.5 mdp) con este tipo de normativas, que curiosamente son inmuebles destinados al uso habitacional y rentas en plataformas”.
Angel Domínguez de Pedro, socio mercantil y financiero de Hogan Lovells.

Los analistas consultados coinciden en que la Secretaría de Administración y Finanzas incluso podría estar incurriendo en una contradicción o una extralimitación de sus facultades, pues el Código Fiscal sí contempla sanciones para quien incumpla con la declaración informativa.

Publicidad

¿De qué trata la reforma al código fiscal?

El 27 de diciembre de 2024, la Gaceta Oficial publicó un decreto que reforma el Código Fiscal y adiciona un párrafo al artículo 132, estableciendo que los contribuyentes capitalinos obligados al pago de impuesto predial deberán informar a la Secretaría de Finanzas sobre el "estado que guarda su inmueble".

Esta nueva disposición aplica a los propietarios de inmuebles clasificados en los rangos L, M, N, O y P, los cuales tienen un alto valor catastral y deberán presentar una "declaración informativa" sobre la ocupación de sus propiedades destinadas a uso habitacional.

De acuerdo con el artículo 130 del código fiscal de la Ciudad de México publicado en la Gaceta Oficial el 17 de enero, todos los inmuebles para uso habitacional cuyo rango de costo de suelo supera los 4.5 millones de pesos, además de no tener subsidio, están obligados a pagar la cuota de predial al 100%.

Aunque en un inicio la disposición pasó casi desapercibida, el tema tomó mayor relevancia cuando el pasado 18 de febrero fue publicado en la gaceta oficial el formato del informe que los propietarios de inmuebles deben entregar a la Secretaría de Finanzas con información como:

-Datos de la o el propietario.
-Cuenta predial.
-Informar si el inmueble está ocupado y, si es el caso, por quién.

Formato-Catastro-CDMX.png
El formato está disponible en el sitio web de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México

Ante la controversia generada por la “declaración informativa” y los señalamientos de partidos de oposición sobre posibles expropiaciones de inmuebles abandonados, las autoridades capitalinas convocaron a una conferencia para aclarar los alcances de la reforma al Código Fiscal.

El 20 de febrero, el secretario de Administración y Finanzas, Juan Pablo de Botton, enfatizó que la medida no es de aplicación general, ya que solo el 3% de los inmuebles en la capital tienen un valor catastral superior a 4.5 millones de pesos.

Asimismo, subrayó que la reforma tiene un propósito exclusivamente estadístico, con el objetivo de mantener una base de datos actualizada, algo a lo que -a su consideración- el gobierno tiene derecho y está obligado a realizar de manera periódica.

"El catastro es un catálogo vivo que se actualiza continuamente, por eso hablamos de modernización y de actualización", justificó.

Newsletter

Los hechos que a la sociedad mexicana nos interesan.

Publicidad

MGID recomienda

Publicidad