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Hoy No circula domingo 24 de marzo 2024: ¿qué autos "descansan"?

Ante los altos niveles de contaminantes, la Comisión Ambiental de la Megalópolis activó este sábado la fase 1 de contingencia ambiental por ozono.
dom 24 marzo 2024 08:14 AM
doble hoy no circula domingo 24 de marzo 2024
Imagen ilustrativa. Este domingo 24 de marzo aplicará el Doble Hoy No Circula.

La Comisión Ambiental de la Megalópolis activó la fase 1 de contingencia ambiental por ozono, por lo que este domingo 24 de marzo habrá Doble Hoy No Circula.

A las 16:00 horas de este sábado se registraron altos niveles de contaminantes en el Valle de México: se alcanzaron concentraciones máximas de ozono en las estaciones de monitoreo de Atizapán, Cuautitlán y Villa de las Flores, en el Estado de México.

Lee más: Hoy No Circula, miércoles 27 de marzo 2024

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De acuerdo con la CAMe, el objetivo es disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud; así como reducir la generación de contaminantes y la probabilidad de volver a alcanzar altas concentraciones de ozono este domingo.

Lee más: Sigue la contingencia ambiental

¿Qué carros no circulan hoy?

Este domingo 24 de marzo deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:

  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 2, 4, 6, 8 y 0.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado amarillo, terminación de placa 5 y 6 .
  • Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
  • Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.
  • Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del Estado de México.
  • Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
Imagen de la CAMe sobre el Hoy No Circula del domingo 24 de marzo 2024

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Exenciones

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  • Vehículos que porten holograma “00” o “0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color amarillo y terminación de placa 5 y 6.
  • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes para atender una emergencia médica.
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población
  • Vehículos de servicios urbanos destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal que cumplan con las especificaciones de verificación vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad, según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
  • Las motocicletas están exentas de la Fase I Restricciones de la Industria federal y local.
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