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El TEPJF confirma medidas del INE contra Sheinbaum por difusión de propaganda

Es la segunda ocasión en que la Sala Superior confirma un incumplimiento de la funcionaria a las decisiones de la Comisión de Quejas y Denuncias.
mié 04 mayo 2022 04:19 PM
claudia-sheinbaum
Claudia Sheinbaum, jefa de gobierno de la CDMX.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó las medidas cautelares impuestas por el Instituto Nacional Electoral (INE) a la jefa de gobierno, Claudia Sheinbaum Pardo, por la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido.

Lo anterior, luego de que el pasado 26 de marzo, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó a la funcionaria que retirara diversas publicaciones de sus redes sociales, pues estaba prohibido durante el ejercicio de revocación de mandato del 4 de febrero al 10 de abril.

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Posteriormente, el 6 de abril, los integrantes de la Comisión la emplazaron a retirar dos publicaciones de Facebook, dada la “veda”, sin embargo, éstas no fueron eliminadas.

Al citar el decreto interpretativo de la Cámara de Diputados, la jefa de gobierno –a través de la Dirección General de Servicios Legales del gobierno de la Ciudad de México-, impugnó el 12 de abril esa decisión, al insistir en que no era propaganda gubernamental indebida.

Lo anterior debido a un decreto aprobado por los diputados en el que se indica que “no constituyen propaganda gubernamental las expresiones de las personas servidoras públicas, las cuales se encuentran sujetas a los límites establecidos en las leyes aplicables”.

En contra de lo anterior se decretaron las medidas cautelares y se trata de la segunda ocasión en la que la Sala Superior confirma un incumplimiento de la jefa de Gobierno a una medida del INE.

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Argumentos son inoperantes

Son “inoperantes los argumentos de la recurrente encaminados a demostrar que no estaba obligada a retirar las publicaciones, pues dicha obligación surgió de un acuerdo previo al impugnado, el cual no fue combatido oportunamente”, indicó el proyecto de resolución del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, aprobado por unanimidad.

El documento avalado sin discusión durante la sesión pública celebrada este miércoles también desechó los argumentos de la mandataria capitalina, en el sentido de que la publicación en redes sociales no eran propaganda gubernamental.

Para el Pleno, resulta improcedente el recurso que interpuesto por Sheinbaum Pardo respecto del incumplimiento de la medida cautelar ACQyD-INE-55/2022.

La Constitución establece que los órganos de gobierno y los servidores públicos tienen prohibido llevar a cabo actos dirigidos a difundir planes, programas, logros y actividades de gobierno durante el tiempo que transcurra desde la publicación de la convocatoria y hasta la jornada de revocación de mandato, para evitar influir en la opinión de las y los ciudadanos.

La prohibición constitucional abarca todo tipo de propaganda que se emita por los servidores públicos, salvo las excepciones expresamente señaladas en la previsión constitucional mencionada, es decir, las relacionadas con educación, salud y protección civil, en caso de desastres.

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