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El Congreso de la CDMX reforma el Código Penal: Estos son los cambios

Los legisladores agravaron las penas contra femincidio, despojo y robo de celular, mientras que rechazaron la propuesta de imponer cadena perpetua a delincuentes reincidentes.
mar 30 julio 2019 06:50 PM
Policías
Con estas reformas se busca reducir la incidencia delictiva en la capital.

El pleno del Congreso capitalino aprobó este martes cambios al Código Penal de la Ciudad de México, a partir de la propuesta enviada por la jefa de gobierno, Claudia Sheinbaum.

Durante la sesión, los diputados avalaron agravar las penas contra diversos delitos, al tiempo que desecharon la propuesta planteada por el diputado Diego Garrido López, del PAN, quien puso sobre la mesa imponer cadena perpetua en los casos en los que una persona reincida en cometer un delito grave.

La aprobación de los cambios fue por unanimidad (50 votos de los 66 legisladores que integran el Congreso local).

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Esto es lo nuevo del Código Penal de la CDMX.

Para el servidor público que retarde o entorpezca la procuración de justicia: De tres a ocho años de prisión y de 500 a 1,000 días de multa, así como inhabilitación de tres a 10 años.

Lesiones u homicidio contra un policía en funciones: Se agrava la pena en una tercera parte, más de 48 a 360 horas de trabajo comunitario.

Se deroga el delito de ultrajes a la autoridad, que estaba en el artículo 287 del Código Penal: Vejar, intimidar, maltratar o incitar a la violencia contra un policía ahora es una falta a la Ley de Cultura Cívica, con una sanción de 20 a 36 horas de trabajo comunitario inconmutable.

Robo de celular: Se agrava añadiendo de dos a seis años de prisión.

Robo con motocicleta: Pena adicional de cuatro a 10 años de cárcel.

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Robo en lugar habitado: De cuatro a 10 años extra en prisión.

Robo de vehículo: Se castigará con cuatro a ocho años de prisión y se diferencia del robo de autopartes, que tendrá una sanción de dos a seis años.

Robo a cuentahabiente en banco o al salir del cajero: De dos a seis años.

Extorsión: La pena base de cinco a 10 años se incrementa en un tercio cuando sea contra una persona mayor de 60 años. Se castigará al doble cuando participe un miembro de un cuerpo de seguridad. Y se agrava de tres a ocho años cuando se usen armas, violencia física o se haga creer que interviene un grupo de la delincuencia organizada.

Despojo simple: De dos a cinco años de prisión.

Despojo agravado: De seis a 10 años cuando participen tres o más personas, sea en contra de una persona mayor de 60 años, se simulen actos de autoridad o se utilicen documentos falsos, participe un servidor público y cuando se cometa contra un ascendiente.

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Reincidencia: Se incrementa la pena en dos terceras partes cuando previamente la persona haya sido condenada y cometa un nuevo delito grave.

Feminicidio: De 35 a 70 años de prisión. Además, se cambiaron los criterios para valorar este crimen, de manera ahora se tomará en cuenta cuando:

  • La víctima sea lesionada con mutilaciones, inflamantes o degradantes antes o después de ser asesinada, o se realicen actos de necrofilia.
  • Se hubiera acosado, violentado o lesionado previamente a la víctima en un ámbito laboral, familiar o escolar.
  • Existiera una relación sentimental, afectiva, laboral, docente o de confianza.
  • Hubiera una relación de parentesco, matrimonio, concubinato, sociedad de convivencia, noviazgo, amistad o cualquier relación de hecho.
  • El cuerpo de la víctima sea expuesto, depositado o arrojado en un lugar público.
  • La víctima haya sido incomunicada.
  • La víctima estuviera en indefensión.

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