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¿"Derecho a invadir" o "derecho a desalojar"? Esta es la polémica en la CDMX

En 2018, se aprobó una Ley de DH con un polémico artículo 60: para unos, daba "derecho a invadir" inmuebles; para otros, frenaba desalojos abusivos. Ya hay otra redacción, pero la controversia sigue.
mar 11 junio 2019 05:45 AM
Desalojos
Desalojos. Desde 2013 a la fecha, las autoridades locales tienen registro de más de 14,000 desalojos.

CIUDAD DE MÉXICO (Expansión Política).- El Congreso de la Ciudad de México vivió una polémica en las últimas semanas, surgida de una reforma a la Ley Constitucional de Derechos Humanos que modificó el artículo 60 de esa normatividad.

Según sus detractores, tal como estaba planteado originalmente el artículo equivalía a dar el "derecho a invadir" propiedades. En contraste, sus defensores lo respaldaban bajo el argumento de que evitaría desalojos irregulares en la capital.

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¿Qué dice el artículo 60?

La última redacción del artículo, aprobada por el Congreso capitalino y publicada en la Gaceta Oficial este 7 de junio , quedó así:

"Ninguna persona podrá ser desalojada sin mandamiento judicial emitido de conformidad a las disposiciones constitucionales y legales aplicables al caso concreto. Las leyes en la materia establecerán los procedimientos y modalidades para garantizar el derecho de audiencia, respetar el debido proceso, y procurar en todo momento, la mediación y la conciliación; además de cumplir con las formalidades esenciales del procedimiento. Las personas afectadas por un acto de desalojo, podrán solicitar a las autoridades correspondientes, su incorporación a los programas de vivienda".

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¿Por qué la polémica?

La polémica se debe a que el Congreso local en diciembre ya había aprobado una redacción del artículo y esta incluso ya se había promulgado, apenas en febrero pasado. La reforma se produjo después, luego de que el tema empezó a generar preocupación entre algunos sectores que advertían del posible impulso a un "derecho a invadir". Por el contrario, algunas organizaciones civiles sostenían que esa regulación ayudaría a evitar desalojos forzados y violaciones a derechos humanos.

¿Qué se dejó fuera?

Con la modificación del artículo publicado originalmente el 8 de febrero, se eliminó:

  • La ejecución de desalojos solo en casos excepcionales.
  • La indemnización a las personas desalojadas en caso de perder bienes o tener pérdidas inmateriales.
  • La obligación del juez a dar audiencia a las personas que pudieran ser desalojadas.
  • La obligación de las autoridades a dar realojamiento a las personas sin recursos a una distancia no mayor a 15 kilómetros.
  • Hacer pública la información sobre el número de desalojos, lugar y causa.
  • Garantizar lo anterior en el Plan General de Desarrollo y en el Programa de Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México.
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¿Cuáles son los argumentos en pro de la reforma?

Para el diputado José Luis Rodríguez Díaz de León, vicecoordinador de Morena en el Congreso capitalino, el derecho a la vivienda debe garantizarse desde la Ley de Vivienda y no desde la Ley de Derechos Humanos, por lo que era necesaria su reforma.

"El acceso a la vivienda como derecho no puede estar garantizado por el Estado quitándole la propiedad a otra persona. Tampoco se puede permitir el abuso que existe en algunos casos, donde las personas son desalojadas sin que exista un procedimiento legalmente acreditado", dijo.

La redacción original del artículo 60 fue coordinada por el diputado Temístocles Villanueva, también de Morena, y generó controversia entre los grupos parlamentarios del PAN y del PRD, los cuales consideraron que inducía la invasión de propiedades.

Sin embargo, Rodríguez Díaz de León descartó que la modificación haya respondido a presiones externas.

"Nosotros como legisladores del grupo parlamentario de Morena, o por lo menos yo como vicecoordinador, no recibí ningún tipo de presión por parte de grupos, ni de inmobiliarios ni de vivienda", afirmó.

¿Cuáles son los argumentos en contra?

Para Sergio González, integrante de 06600 Plataforma Vecinal y Observatorio de la Colonia Juárez, hubo un retroceso con la reforma realizada al artículo 60.

"Lo que es muy grave es que primero lo votaran por mayoría a favor y después comenzaran una serie de recortes al artículo. Al final, lo que dejaron es algo 'descafeinado'. Es un muy mal síntoma que lo hayan rasurado hasta hacer que perdiera su esencia", dijo.

"Hay muchos procesos irregulares en los desalojos. Se hacen juicios simulados donde dos personas se ponen de acuerdo para demandarse una a la otra, pero la persona que vive ahí no se entera de que hay todo un proceso. Cuando se da cuenta es porque de pronto llegan los granaderos y la sacan de su hogar", señaló.

Para el activista, la falta de información sobre la ubicación y el motivo de los desalojos impide que se generen políticas públicas para atender el problema. Además, advirtió, de nuevo el Estado queda sin responsabilidad respecto de la expulsión de habitantes.

"El artículo 60 era una manera de presionar a la autoridad para que abriera un proceso de regularización en la posesión de los inmuebles", dijo.

Hoy, activistas analizan qué vías legales podrían tomar para frenar la aplicación de la redacción final del artículo 60.

¿Cuántos desalojos hay en la CDMX?

De acuerdo con una solicitud de información, la Secretaría de Gobierno capitalina ha registrado 14,641 desalojos desde enero de 2013 a marzo de 2019.

2013: 1,372

2014: 2,226

2015: 2,488

2016: 2,712

2017: 2,578

2018: 2,933

2019 (enero-marzo): 332

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