¿Qué dice la propuesta?
La reforma busca añadir una fracción XII al artículo 224 del Código Penal local , de manera que sea posible castigar con cárcel a quien robe animales de compañía; animales entrenados para vigilancia o detección de drogas, armas y explosivos; animales utilizados en el deporte o la investigación científica, y animales que fueron domésticos pero quedaron libres y se establecieron en un hábitat silvestre.
Actualmente, este robo no está contemplado explícitamente en las leyes de la CDMX, lo que genera una laguna sobre cómo debe castigarse.
El documento plantea que la sanción se establezca tomando en cuenta el valor de lo robado. Por ejemplo, si este no excediera 300 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México —monto equivalente a 25,347 pesos— o no fuera posible determinarlo, la pena sería de seis meses a dos años tras las rejas y 150 días de multa.
Si el valor fuera de entre 300 y 700 veces la Unidad de Cuenta —es decir, un máximo de 59,124 pesos—, la prisión sería de dos a cuatro años, con multa de 150 a 400 días. Y si el valor fuera mayor, podría llegarse a los seis años de cárcel.
Hoy, la cuantía se calcula tomando en cuenta el valor de mercado del bien en cuestión al momento del robo.
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