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#ColumnaInvitada | El sector minero, la urgencia de una reforma consensuada

La SCJN no debe limitarse a abordar las cuestiones legales inmediatas: es urgente enviar un mensaje claro sobre la importancia de los procesos democráticos en la creación de leyes.
mar 16 abril 2024 06:02 AM
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Se argumenta que el decreto viola derechos y disposiciones constitucionales, particularmente en lo que respecta a la previa consulta a comunidades indígenas, a la gestión del agua, a la legalidad y a la certidumbre jurídica de las actividades mineras, apunta Josué Jijón.

En un escenario político y jurídico tan complejo como el que estamos viviendo, la acción de inconstitucionalidad que posiblemente será discutida este mes en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), presentada por integrantes de los Grupos Parlamentarios del PAN, PRI, PRD, PRI y MC en contra del decreto de reforma a la Ley Minera, la Ley de Aguas Nacionales, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, representa un acontecimiento que merece ser analizado detenidamente. Esta impugnación histórica no ha tenido la difusión suficiente, pero sus alcances podrían ser un grave obstáculo para la industria minera y otras actividades económicas relacionadas.

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La acción de inconstitucionalidad presentada tiene fundamento en la premisa de que el proceso legislativo transgredió los principios democráticos y republicanos de la división de poderes y la deliberación. Además, se argumenta que el decreto viola derechos y disposiciones constitucionales, particularmente en lo que respecta a la previa consulta a comunidades indígenas, a la gestión del agua, a la legalidad y a la certidumbre jurídica de las actividades mineras.

Uno de los puntos más controversiales es la nacionalización de la exploración minera. Se trata de una medida que contraviene disposiciones constitucionales explícitas, al mismo tiempo que atenta contra el principio de seguridad jurídica, al modificar radicalmente las reglas del juego para los inversionistas y las comunidades afectadas. Este cambio no es menor: representa un giro en la política pública que podría tener consecuencias significativas en la economía nacional y en la relación con comunidades locales.

La acción de inconstitucionalidad también pone sobre la mesa un debate más profundo sobre el proceso legislativo. La demanda sostiene que se violaron principios de democracia deliberativa y representativa, dado que la iniciativa presentada por el presidente López Obrador fue aprobada sin análisis, discusión ni participación adecuados por parte de todas las fuerzas políticas representadas en el Congreso. En un Estado democrático, es de vital importancia respetar los procesos para crear, modificar o derogar leyes. La deliberación, el debate y la negociación no son formalismos, sino pilares que garantizan la ponderación del interés general, la escucha de distintas voces en el diseño de las leyes y el respeto a derechos primordiales.

La rapidez con la que se tramitaron las iniciativas, incluyendo la omisión de varios procesos legislativos, ha sido cuestionada no sólo por su aparente falta de justificación, sino por la ausencia de un espacio para el diálogo y la reflexión crítica sobre las implicaciones de las reformas propuestas. Este modo de proceder vulnera el derecho de los legisladores de las fuerzas políticas minoritarias a ejercer plenamente sus funciones y limita la participación ciudadana en el proceso legislativo.

En este contexto, la SCJN asumirá una importante tarea. No debe decidir únicamente sobre la constitucionalidad de las disposiciones contenidas en el decreto, sino que también debe reflexionar sobre los límites y los alcances del proceso legislativo en un sistema democrático. La decisión que emane de este proceso tendrá repercusiones significativas no sólo para el caso específico, sino para la salud de la democracia mexicana.

Más allá de los aspectos técnicos y legales, este caso plantea preguntas impostergables sobre cómo queremos que sean nuestras leyes y nuestro proceso legislativo. ¿Buscamos un sistema en el que prevalezca el diálogo y la búsqueda de consensos o uno en el que predomine la imposición de la mayoría? ¿Cómo equilibramos la necesidad de reformas rápidas y decisivas con el imperativo de la deliberación y la participación inclusiva?

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La acción de inconstitucionalidad interpuesta es, a fin de cuentas, un llamado a reflexionar sobre estas interrogantes. La SCJN no debe limitarse a abordar las cuestiones legales inmediatas: es urgente enviar un mensaje claro sobre la importancia de los procesos democráticos en la creación de leyes. Su decisión afectará el futuro inmediato de las leyes antes mencionadas, además de reafirmar o modificar las prácticas legislativas en México.

En este momento crítico para la democracia mexicana, es fundamental que todos los actores involucrados, desde los legisladores hasta la ciudadanía, pasando por el Poder Judicial, reflexionen sobre el tipo de procesos legislativos que necesita nuestro país. La legitimidad de nuestras leyes y, en última instancia, la fortaleza de nuestra democracia, dependen de esta decisión.

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Nota de editor: Josué Jijón es consultor especializado en el sector minero y en política regional en Integralia Consultores (@integralia_mx). Las opiniones publicadas en esta columna corresponden exclusivamente al autor.

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