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#ColumnaInvitada | Protección de nuestros datos personales en la era de internet

En la era de la internet, los datos personales son más vulnerables que nunca, pero no se trata de la única amenaza y para cuidar su manejo está el INAI.
mié 14 julio 2021 06:20 AM
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Cada vez que se realizan operaciones se dejan datos personales en internet.

El 5 de julio de 2010, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), cuyo objetivo primordial es proteger los datos de las personas y regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa, cuando esos datos, por ejemplo, se encuentran en poder de las empresas, personas físicas u otras figuras jurídicas análogas. Pero, ¿por qué proteger ese tipo de información, si lo que se pretende es que, en su mayoría, la información sea difundida bajo el criterio de la máxima publicidad?

Una de las distinciones fundamentales que el Derecho hace es aquella que establece una frontera, lo más clara posible, aunque sea muchas veces casuística, entre el ámbito privado y el público; distinción que orienta sobre la propia naturaleza jurídica de la información y el tratamiento que se le debe dar a ésta.

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Nuestros datos personales pertenecen al ámbito privado, a menos que éstos se deriven de actos eminentemente públicos o tengan incidencia probada en la vida pública en general. De otra manera, pertenecen exclusivamente a sus titulares y forman parte de sus bienes jurídicos intangibles, como lo es la propia personalidad de cada uno y los derechos que la protegen.

Así, en el régimen jurídico mexicano, particularmente en la Constitución Federal, en el apartado A de su artículo 6°, se reconoce el derecho a la protección de los datos personales como parte de la privacidad de las personas, sentando las bases para garantizar su goce y ejercicio junto con otros derechos vinculados a éste, protegiendo así a las personas de la recopilación, el uso, la retención o la divulgación, en forma ilícita, de sus datos personales.

Precisamente, a más de una década de su publicación, la efeméride de la LFPDPP se acompaña de su garantía constitucional, misma que el propio artículo 6° delegó en la competencia del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), cuya labor como órgano constitucional autónomo ha sido, precisamente, garantizar esa protección.

Es importante señalar que nuestros datos personales tienen incidencia directa en nuestra integridad y seguridad física y jurídica, además de ser objeto de protección del derecho a la vida privada, en cuyo ámbito se produce el libre desarrollo de la personalidad, elemento indesligable de la propia dignidad humana y base de todos los derechos humanos, así como de los principios que los asisten: universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

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La normativa mexicana que regula la protección de los datos personales posee los más altos estándares a nivel internacional, pero, como se puede advertir, debe tenerse en cuenta que los derechos evolucionan. Los derechos humanos lo hacen en la dirección de su progresividad, adecuándose a las transformaciones sociales y, por supuesto a la tecnología, que en el caso de la protección de los datos personales es un elemento clave.

En la era de la internet, los datos personales son más vulnerables que nunca, pero no por ello se trata de la única amenaza. La mayoría de las personas vamos dejando pequeñas porciones de esos datos cuando contratamos un servicio o hacemos un trámite, y su tratamiento debe siempre estar garantizado mediante medidas idóneas y proporcionales, evitando un manejo ilícito o su difusión indiscriminada sin el consentimiento de sus titulares, como parte del ejercicio de los llamados derechos ARCO (acceso, rectificación, corrección y oposición).

Frente a la vulneración del derecho a la protección de los datos personales, las personas deben estar siempre conscientes de los riesgos existentes, no sólo mediante medidas de seguridad, sino también a través de la denuncia.

En ese sentido, el INAI ha trabajado arduamente durante más de 10 años, velando por el mandato constitucional que le fue encomendado, sancionando asimismo a los sujetos obligados y particulares frente a un tratamiento ilícito de dichos datos. De 2011 a junio de 2021, el INAI ha llevado a cabo mil 250 verificaciones y se han abierto mil 934 procedimientos de protección de derechos, además, ha recibido 6 mil 447 denuncias, que es lo más importante para poder seguir garantizando el derecho de la ciudadanía a la protección de algo tan sensible, como lo son los datos personales.

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Asimismo, para impulsar mayor conocimiento sobre el ejercicio de los Derecho ARCO y la protección de los datos promovemos alianzas y trabajo colaborativo con otras instancias nacionales e internacionales. Por ejemplo, este año el INAI será la autoridad anfitriona de la 43 Asamblea Global de Privacidad. Este foro de alto nivel, que se llevará a cabo del 18 al 21 de octubre de 2021, reunirá a más de 130 autoridades de 80 países, así como a personal de grandes plataformas tecnológicas como Google, Amazon, Facebook, Apple y Microsoft.

Una cultura ciudadana de protección debe ser socializada y difundida; esa es la mejor forma de hacer efectiva la garantía constitucional, frente a cualquier vulneración de nuestros datos personales.

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Nota del editor:

Las opiniones de este artículo son responsabilidad única de la autora.

La autora es comisionada presidenta del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

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