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#ColumnaInvitada | Hacia un sistema de planeación de seguridad nacional

La pandemia por el COVID-19 es indiscutiblemente una amenaza a la seguridad nacional, por lo que se debe hacer una reforma que permita un trabajo coordinado en casos como el actual.
jue 21 enero 2021 06:20 AM
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Titulares de Sedena, Marina y de Seguridad en la mañanera.

El carácter preventivo de la acción estatal es imprescindible para combatir los riesgos y las amenazas. La prevención debe ser el eje focal de la operatividad de la planeación de la seguridad nacional en el Estado Mexicano para no permitir que ningún tipo de amenaza –como lo son los desastres naturales, el terrorismo, o los actos de interferencia extranjera– afecten al Estado Mexicano, la vida de personas, el acceso a recursos estratégicos o el libre desarrollo de sectores clave del desarrollo económico, los cuales son elementos fundamentales que forman parte del proyecto nacional.

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La seguridad nacional, para la ley del ramo, se define como el conjunto de acciones destinadas de manera inmediata y directa a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano que conlleven a proteger a la Nación frente a las amenazas y riesgos que enfrente el país. En este tenor, la pandemia del COVID-19 es una amenaza de la cual hay que proteger a la Nación al impactar en varios campos de su desarrollo y poder nacional, especialmente por vulnerar la colectividad de vidas de millones de mexicanos.

Las amenazas detonan una situación social, económica y política de forma crítica y en este tenor, la pandemia por el COVID-19 es indiscutiblemente una amenaza a la seguridad nacional y ha superado a la fecha 143 mil muertes, impactando gravemente el campo social del poder nacional.

Una amenaza en ocasiones tiene un carácter de impredecible, y ante ello, solo es preciso prevenir mediante planeación estratégica. Lo anterior exige que el Estado Mexicano tenga planes de prevención y reacción para cada uno de estos riesgos y amenazas que pueden afectar el proyecto nacional tanto en tierra, mar o aire.

Si bien la planeación para la seguridad nacional es ejemplificada con el Plan DN-III-E de la Secretaría de la Defensa Nacional, o el Plan Marina de la Secretaría de Marina Armada de México, es necesario tener un sistema de planeación democrática para la seguridad nacional para que cada dependencia federal pueda ejecutar acciones de un plan de alto nivel y mitigar la amenaza desde todos los frentes de la función pública federal y local.

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A partir de la llegada de la pandemia por la COVID-19, los planes Marina y DN-III-E fueron adaptados en el Estado Mexicano para atender las necesidades de atención logística, administrativa y de atención a enfermos contagiados, y su mecanismo de efectividad se debe a su gran versatilidad y adaptabilidad de operación. No obstante, es requerido que se generen planes transversales que involucren a todas las secretarías de Estado para atender una pandemia y así a cada una de las amenazas probables a la seguridad nacional.

En este sentido, la pandemia, al ser una amenaza a la seguridad nacional, requirió de una planeación horizontal y vertical de gobierno; es decir, una serie de acciones coordinadas en un sistema de instituciones, que multiplicaran las operaciones en todas las dependencias de la función pública para mitigarla, así como una planeación coordinada con los órdenes de gobierno locales, muchos de los cuales han estado desarticulados e incluso renuentes a coordinarse con el gobierno federal para controlar la imparable ola de contagio.

Por lo anterior, la premisa de la prevención y manejo de la prospectiva debe de convertirse en un mantra operativo en los órganos administrativos y entidades gubernamentales involucradas en contrarrestar los riesgos y amenazas a la seguridad nacional.

Para ello, es preciso que el ánimo de la planeación estratégica permee todos los ámbitos de la seguridad y el desarrollo nacional. Ello es asequible al incluir en el artículo 26 constitucional una fracción D para incluir que el sistema de planeación democrática del desarrollo nacional también lo sea para la seguridad nacional.

Si bien, los desastres han de estar contemplados en la Agenda Nacional de Riesgos –elaborada por el Centro Nacional de Inteligencia– como uno de los riesgos de seguridad nacional, este documento no ha tenido el suficiente peso para presentarse como una fuente que genere políticas públicas y ponga en marcha acciones a favor de la seguridad nacional, específicamente por mantenerse absurdamente confidencial y de acceso restringido.

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No obstante que este documento haya sido generado con una metodología, carece de prospectiva y no pudo distinguir el verdadero impacto de la llegada de la COVID-19 en México, así como el desastre ocasionado por el contagio y las muertes. Si este documento hubiera sido efectivo, hubiera advertido la necesidad de una coordinación del más alto nivel para hacer frente, desde noviembre de 2019, la llegada del coronavirus al país.

En este sentido, el manejo de los riesgos y amenazas del Estado Mexicano se maneja diariamente desde un Alto Nivel, pero dichas acciones pueden apoyarse en planes estratégicos específicos para cada amenaza. Por ello, la planeación democrática para la seguridad nacional no puede encargarse enteramente al Centro Nacional de Inteligencia, sino que debe realizarse desde el más alto órgano de seguridad nacional en el Estado Mexicano, es decir, el Consejo de Seguridad Nacional, y que sea operado y coordinado por el Gabinete de Seguridad.

Por ello, la coordinación para las amenazas a la seguridad nacional requiere apoyarse en una metodología de prospectiva necesaria para visualizar el desarrollo de los antagonismos y su proyección más allá de la coyuntura del sexenio, para enfrentar la probabilidad de impacto de cada uno más allá de esos seis años, con el fin de hacer al país más seguro.

A su vez, se propone que la planeación estratégica para la seguridad nacional se defina como el proceso de planeación, recolección, análisis, evaluación e interpretación de toda la información existente y disponible sobre los riesgos, coyunturas y amenazas, además de todos los factores negativos externos o internos, que real o potencialmente inciden en la Seguridad Nacional de México.

De lo anterior parte la necesidad de adicionar al artículo 26 constitucional una fracción que permita complementar el sistema de planeación democrática con una planeación para la seguridad nacional, que establezca que la seguridad nacional se manejará con base en una planeación estratégica que trascienda las administraciones gubernamentales de cada seis años y pueda atender desastres y amenazas a la seguridad nacional de forma específica y preventiva para proteger a la sociedad.

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La autora es especialista en Seguridad.

Consulta su sitio: www.mariadehaas.com

Nota del editor: Las opiniones de este artículo son responsabilidad única de la autora.

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