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¿Es posible una consulta popular sobre el NAIM? Las reglas vigentes dicen que no

El equipo de AMLO plantea que este ejercicio se realice en octubre. Sin embargo, la Constitución marca que estas consultas solo pueden hacerse en elecciones federales y que deben cubrir requisitos.
lun 16 julio 2018 03:29 PM
Vista aérea
Vista aérea La construcción del Nuevo Aeropuerto fue uno de los temas que más polémica generaron durante la pasada campaña presidencial. (Foto: Cuartooscuro)

La propuesta del virtual presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, de realizar en octubre próximo una consulta popular sobre el futuro del Nuevo Aeropuerto Internacional de México (NAIM) no es factible en los términos vigentes que marca la normatividad en la materia, según lo señalan la propia ley y especialistas consultados por ADNPolítico.

Javier Jiménez Espriú, futuro secretario de Comunicaciones y Transportes de López Obrador, dijo este domingo que el equipo del morenista quiere tomar una decisión sobre la obra antes de que termine 2018, para lo que plantea formar grupos de trabajo que analicen el tema y convocar a una consulta en octubre.

No obstante, los especialistas Alejandra Ríos y Arturo Sánchez coinciden en que, por un lado, las reglas vigentes establecen plazos específicos para la realización de consultas; por otro, aunque López Obrador buscara modificar dichas reglas, no contaría con el tiempo suficiente, pues necesitaría modificar la Constitución y esto implicaría tener mayoría calificada en la Cámara de Diputados y en el Senado, así como lograr el aval de al menos 17 congresos estatales.

Más aún, señalan que si el equipo de López Obrador optara por otra estrategia para "escuchar" la opinión ciudadana, esta medida no tendría sustento jurídico o efectos vinculantes e, incluso, podría no ser democrática.

Conoce más: Jiménez Espriú estima decisión sobre el NAIM antes de que termine 2018

¿Qué dice la Constitución?

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Hoy, la realización de consultas populares está regulada desde la Carta Magna, la cual establece que estos ejercicios deben ser organizados por el Instituto Nacional Electoral (INE) y solo pueden llevarse acabo junto con una elección federal. Es decir, una consulta así únicamente podría llevarse a cabo hasta 2021.

Además, la Constitución marca estos otros lineamientos:

1. Una consulta popular debe ser convocada por el Congreso a petición del presidente, del equivalente a 33% de los diputados o los senadores, o de al menos 2% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores.

2. La petición debe ser aprobada por la mayoría de cada cámara.

3. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) debe resolver si la materia de la consulta es constitucional o no.

4. Si la SCJN da el visto bueno, el INE inicia la organización del ejercicio y prepara el cómputo y la declaración de resultados.

5. Los resultados son vinculantes para las autoridades competentes solo si en la consulta participa al menos 40% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores.

¿Qué salida tiene AMLO?

Los especialistas consultados señalan que el equipo de transición tiene la opción de realizar otro tipo de consulta sobre el NAIM, pero debe ser consciente de los límites de esta alternativa.

"Lo que no nos han dicho es: ¿cómo lo harían para que pueda proceder de otra manera?", dice Alejandra Ríos, investigadora del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE).

Jiménez Espriú dijo el domingo que el equipo de López Obrador busca cómo quitar las "trabas" que hay en la Constitución para así agilizar la consulta, pero no entró en detalles.

"Es importante la legitimidad, pero no hay tiempo. Lo que no me queda claro es: ¿cuál sería el sustento jurídico de la consulta?, ¿cuál sería la fuerza vinculante de los resultados? (...) Me parece demasiado complicado los efectos vinculantes que pudiera tener esta consulta. Todos los que han estado en participación ciudadana saben que, en buena medida, los resultados de este tipo de ejercicios dependen mucho de las características de las preguntas que se hagan", insiste Ríos.

La académica advierte que los resultados de un ejercicio poco claro pueden ser poco confiables si no se definen bien los métodos y se evita que las preguntas sean inducidas. Como ejemplo, menciona que no es lo mismo consultar a los habitantes de comunidades cercanas al proyecto que a empresarios o a cualquier otro ciudadano alejado de este círculo.

"Me parece que es un ejercicio complejo, tanto en la parte logística como los resultados", dice.

En el mismo sentido va la opinión del experto Arturo Sánchez, profesor del Instituto Tecnológico de Monterrey (ITESM) y exconsejero del INE.

"Está muy bien que se quiera hacer una consulta y demás, pero la ley marca que el tiempo para hacerlo es la fecha de la siguiente elección federal porque así dice la ley: que la consulta empata con las elecciones federales. En consecuencia, con ley a como está, y de acuerdo a lo establecido por el INE, no da tiempo para hacerlo hasta que no se cumpla con esos requisitos", advierte.

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