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El INE ordena a Anaya eliminar video difundido durante la veda electoral

La Comisión de Quejas y Denuncias determinó que si bien no existe un llamado expreso al voto, se considera que el video puede constituir propaganda electoral.
sáb 30 junio 2018 05:31 PM
Ricardo Anaya
Ricardo Anaya La Comisión explicó que el hecho de que un candidato emita un mensaje abierto a la ciudadanía puede constituir propaganda electoral.

La Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó a Ricardo Anaya Cortés, candidato presidencial de Por México al Frente, a eliminar de sus redes sociales un video que publicó durante la veda electoral en el que denuncia la difusión de “videos falsos y editados”.

Por mayoría de dos votos de las consejeras Adriana Favela y Pamela San Martín, la Comisión determinó que si bien no existe un llamado expreso al voto, se considera que el video puede constituir propaganda electoral, porque sirve de medio para promocionar la candidatura de Anaya.

Este viernes, Ricardo Anaya difundió un video de apenas 18 segundos con el cual buscó hacer frente a una grabación que se difundió vía WhatssApp sobre una conversación entre el candidato presidencial y gobernadores del PAN, la cual pretendía generar la idea de que el frentista anticipaba su derrota.

“Hola. Por respeto a la ley, hoy ya no puedo pedirles el voto. Pero sí puedo pedirles que no se dejen engañar por la guerra sucia y por videos falsos y editados. ¡Les mando un muy fuerte abrazo!”, decía Anaya en la grabación que ya fue eliminada de sus redes sociales.

La Comisión explicó que el hecho de que un candidato emita un mensaje abierto a la ciudadanía, donde o pide que “no se dejen engañar por videos falsos o editados”, puede constituir propaganda electoral, ya que a unas horas de la elección pretende que se tome en cuenta un elemento que pudiera repercutir o persuadir en la decisión de los posibles votantes.

Las consejeras destacaron que en el video no se advierte en forma alguna que se pretenda desmentir o deslindarse de algún pronunciamiento previo, “sino que se trata, desde una óptica preliminar, de propaganda electoral”.

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El Consejero Benito Nacif dijo que el material denunciado no cumple con los elementos que ha establecido la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para ser considerado como propaganda electoral, y que en todo caso corresponderá a la Sala Regional Especializada del TEPJF determinar si con ello se incurrió en una violación a las prohibiciones prevista en la norma electoral durante la veda electoral.

Nacif considero que no existe algún elemento que permita considerar que, con la difusión de ese mensaje, bajo una óptica preliminar, se puede afectar la equidad en la contienda electoral.

Consideró además que ante el fenómeno que se ha presentado recientemente en diversas elecciones, consistente en la difusión en redes sociales de hechos que pudieran ser falsos o inexactos, los candidatos deben estar en posibilidad de realizar las aclaraciones que consideren pertinentes, siempre que no incurran en una violación a la norma electoral.

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