Además, el artículo 57 reconoce el derecho de reclamar la reparación de daños cuando estos sean imputables a una autoridad de la Administración Pública. Aunque esa disposición se refiere a un supuesto distinto previsto en el Reglamento, puede servir como fundamento adicional para solicitar la reparación del daño cuando la afectación sea atribuible a la autoridad.
Por qué la autoridad es responsable del vehículo mientras permanece en el depósito
La Secretaría de Seguridad Ciudadana es la autoridad responsable de aplicar el Reglamento de Tránsito y ordenar la remisión de vehículos a los depósitos.
Como parte de ese procedimiento, el décimo párrafo del artículo 67 establece que, antes de iniciar el arrastre, los agentes deben sellar el vehículo para garantizar la guarda y custodia de los objetos contenidos en su interior.
Esa obligación implica que, desde el momento en que la unidad queda bajo resguardo de la autoridad y hasta su devolución, existe un deber de custodia sobre el vehículo y los bienes que permanecen dentro de él. Por ello, cualquier reclamación deberá buscar acreditar que el daño o la pérdida ocurrieron durante ese periodo.
Dónde denunciar si hubo robo o una conducta irregular
Cuando, además del daño al vehículo, existan indicios de robo, alteración de sellos o posibles actos ilícitos por parte del personal involucrado en la remisión o custodia, el artículo 70 del Reglamento permite presentar denuncias ante distintas autoridades.
Los particulares pueden acudir al Ministerio Público, la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, el Órgano Interno de Control o la Dirección General de Asuntos Internos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana para denunciar presuntos actos ilícitos de los agentes o del personal responsable del depósito.
Estas denuncias son independientes del recurso de inconformidad o del juicio ante el Tribunal de Justicia Administrativa, por lo que pueden presentarse cuando el propietario considere que, además del daño material, existió una actuación irregular de los servidores públicos.