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SCJN falla contra universidades privadas y respalda a Profeco; esto cambia para padres y alumnos

Tras una resolución de la Suprema Corte, los padres de familia cuentan con un respaldo jurídico más sólido para denunciar irregularidades en colegios particulares.
¿Tienes problemas con una escuela privada? La SCJN respalda las reclamaciones ante Profeco
La SCJN confirmó que Profeco puede intervenir en conflictos entre familias y escuelas privadas. (iStock)

Las familias y los alumnos podrán presentar reclamaciones por cobros indebidos, incumplimientos de contratos o condiciones distintas a las ofrecidas por las escuelas privadas en México, así lo confirma la Suprema Corte de Justicia de la Nación ( SCJN ).

A través de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), padres y madres de familia podrán resolver conflictos relacionados con servicios educativos, luego de que el máximo tribunal reconociera las facultades de la dependencia en la materia. Aquí te explicamos cómo realizar este proceso.

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¿Por qué el conflicto llegó a la SCJN?

El conflicto comenzó durante el ciclo escolar 2015-2016, un padre de familia solicitó a una escuela privada la devolución de pagos realizados por concepto de inscripción, colegiaturas y útiles escolares luego de decidir que su hijo no continuaría sus estudios en ese plantel, pero la institución rechazó el reembolso, por lo que el caso fue llevado ante Profeco.

La Procuraduría intentó conciliar entre ambas partes y convocó a una audiencia, pero el colegio no acudió y fue sancionado con una multa cercana a 4,000 pesos. La escuela rechazó la sanción diciendo que los servicios educativos no implican una relación de consumo y que, por lo tanto, Profeco carecía de facultades para intervenir.

Tras varios años, el caso llegó a la Suprema Corte, que concluyó que el cobro de colegiaturas sí genera una relación de consumo protegida por la Ley Federal de Protección al Consumidor.

El tema se intensificó en la pandemia de COVID-19 , con el cierre de planteles y el paso de clases presenciales a virtuales incrementaron las reclamaciones por colegiaturas, cuotas escolares y servicios que dejaron de prestarse de manera habitual.

Muchas familias solicitaron descuentos o devoluciones al considerar que los costos de operación de las escuelas habían disminuido o que algunos servicios incluidos en las colegiaturas ya no se ofrecían. Los colegios argumentaban que seguían enfrentando gastos de nómina, infraestructura tecnológica y operación administrativa.

Profeco reportó miles de quejas contra escuelas privadas durante la pandemia, principalmente por incrementos de colegiaturas, negativa a otorgar descuentos, retención de documentos académicos y desacuerdos relacionados con reembolsos.

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La Profeco puede intervenir

La Suprema Corte determinó que cuando una institución educativa cobra por impartir enseñanza existe una relación de consumo que debe ser regulada por la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Por lo tanto, la Profeco tiene la facultad para recibir denuncias, iniciar procedimientos conciliatorios e imponer sanciones cuando detecte incumplimientos.

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Padres y alumnos podrán acudir a Profeco ante cobros indebidos o incumplimientos de contratos. (Cuartoscuro)

Aunque la intervención de Profeco en este tipo de asuntos no es nueva, la relevancia del fallo radica en que es la primera vez que la Corte se pronuncia expresamente sobre el tema. De acuerdo con la dependencia, desde 1992 existían resoluciones administrativas y judiciales que respaldaban su actuación en controversias relacionadas con escuelas privadas.

Esta nueva decisión elimina cualquier interpretación que permitiera a los planteles cuestionar la competencia de la Profeco. Esto significa mayor protección al consumidor, certeza para los usuarios de servicios educativos y reduce la posibilidad de conflictos futuros sobre quién debe atender las reclamaciones.

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Qué cambia para padres y alumnos

La resolución fortalece una herramienta que miles de familias ya utilizaban para resolver conflictos con instituciones educativas privadas. Entre los casos más comunes que llegan a la Profeco se encuentran cobros no previstos en los contratos, cuotas extraordinarias, modificaciones unilaterales en las condiciones del servicio o requisitos adicionales para la titulación.

Con el nuevo criterio de la Corte, los padres de familia cuentan con un respaldo jurídico más sólido para acudir a la Procuraduría cuando consideren que una escuela incumple lo pactado.

La autoridad puede citar a las partes a procedimientos de conciliación, verificar información comercial e incluso imponer sanciones cuando detecte infracciones a la ley.

El fallo fortalece la supervisión sobre la transparencia de los planteles privados, en especial sobre el cobro de colegiaturas, cuotas, políticas de cancelación, condiciones de inscripción y otros cargos asociados a la prestación del servicio educativo.

Durante 2025, Profeco firmó un convenio de colaboración con la Secretaría de Educación Pública (SEP) para intercambiar información cuando se detectan incumplimientos administrativos o regulatorios en escuelas particulares.

Para las escuelas privadas, la resolución implica que deberán extremar el cumplimiento de obligaciones contractuales y comerciales. Para las familias, representa una confirmación de que el pago de una colegiatura genera derechos que pueden ser defendidos bajo las mismas reglas que otras relaciones de consumo.

¿Cómo pueden reclamar los padres de familia?

De acuerdo con Profeco, las quejas pueden presentarse de manera presencial en cualquiera de las Oficinas de Defensa del Consumidor (ODECO) del país o, en algunos casos, mediante las plataformas digitales Concilianet y Conciliaexprés .

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Hay cambios dentro del organismo público descentralizado. (Foto: Archivo)

Para iniciar el procedimiento, los usuarios deben demostrar la relación de consumo mediante documentos como contratos, recibos de pago, facturas o comprobantes de colegiaturas. También deberán proporcionar el nombre y domicilio de la escuela, así como una descripción detallada de los hechos que originaron la reclamación.

Una vez presentada la queja, Profeco analiza si procede y, de ser aceptada, inicia un proceso de conciliación entre las partes para buscar una solución. Este procedimiento puede derivar en la devolución de pagos, el cumplimiento de obligaciones contractuales o una compensación económica cuando corresponda.

La dependencia también pone a disposición de los consumidores los teléfonos 55 5568 8722 y 800 468 8722, además del correo asesoria@profeco.gob.mx para recibir orientación.

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