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Oposición y empresarios impulsan plan legislativo para congelar cuentas con reglas que eviten abusos

Políticos de oposición y empresarios consideran que la Corte pone en riesgo derechos e inversiones con el aval para congelar cuentas, por lo que piden que el Legislativo intervenga.
vie 17 abril 2026 05:30 AM
SCJN
(Foto: SCJN)

Ante la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de considerar procedente el congelamiento de cuentas bancarias sin orden judicial previa, empresarios, legisladores y expertos impulsan medidas para regular el procedimiento y evitar abusos que se vulneren garantías y generen efectos adversos, como la desconfianza en la inversión.

La Suprema Corte es la última instancia jurídica, pero consideran que el Poder Legislativo puede y debe tomar en sus manos el tema.

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Juan José Sierra Álvarez, presidente nacional de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) y contador público especializado en Auditoría Financiera, expone que la decisión del máximo tribunal del país podría elevar el riesgo-país, afectar la percepción de inversionistas nacionales e internacionales y reducir el interés en invertir en México.

“Validar bloqueos en base a 'indicios suficientes' sin una orden judicial previa tensiona al principio de presunción de inocencia, generando efectos similares a una sanción anticipada y colocando a los afectados en una desventaja para su defensa”, alerta el líder empresarial.

Las consecuencias, sostiene, son debilitar el Estado de derecho y abrir un espacio de incertidumbre que afecta directamente la confianza, la inversión y el desarrollo económico del país.

Efectos de la sentencia de la SCJN

El 6 de abril, la Suprema Corte resolvió la Acción de Inconstitucionalidad 58/2022 y declaró válida la reforma realizada ese año al artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, que permite a la autoridad el bloqueo de cuentas bancarias si considera que hay “indicios suficientes” de que éstas tienen relación con operaciones ilícitas.

Según la mayoría de los ministros, se trata de un procedimiento ya regulado que garantiza el derecho de audiencia y defensa de las personas, la posibilidad de ofrecer pruebas e incluso de recurrir la decisión ante tribunales administrativos.

Sin embargo, el especialista en litigio penal José Joaquín Zapata Altamirano, coordinador de la Comisión sobre Lavado de Dinero de la Barra Mexicana de Abogados (BMA), advierte que se vulneran garantías, entre ellas el derecho de audiencia, la presunción de inocencia y se permiten criterios laxos para ordenar el congelamiento de cuentas.

México ha suscrito compromisos internacionales de combate a prácticas ilícitas en el sistema financiero, recuerda, pero también está obligado a respetar garantías y la Corte echó abajo dos protecciones a los derechos que estaban previstas en la jurisprudencia de la anterior integración de la Corte.

Se establecía que para bloquear la cuenta a una persona cuando no hay una solicitud del extranjero, se debe pedir autorización a un juez, lo que ya quitaron, además establecer que el medio de impugnación es la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, que no prevé medidas cautelares como en un amparo, por lo que no podría suspenderse un bloqueo de cuentas que evite daños mientras se lleva a cabo la defensa.

"Primero te bloquean y después dan oportunidad de explicar”, alerta el experto quien expone que con ellos se considerará cumplido el derecho de audiencia.

“No parece justo que primero me bloquees y después yo te explique, porque además las consecuencias de un bloqueo no son solamente las patrimoniales, con la falta de acceso (a las cuentas), sino también las reputacionales, las familiares y toda una serie de consecuencias a esta situación que vive la persona bloqueada”, advierte.

Zapata Altamirano indica que otro problema adicional es que el estándar para determinar cuándo procede o no un bloqueo de cuentas es laxo, pues basta que la Secretaría de Hacienda “cuente con indicios suficientes”.

“Eso es confuso, no hay claridad. ¿Cuál será considerado un indicio suficiente para que se pueda tomar esa decisión por parte de la UIF? (...) ese nivel de corroboración es bajo”.

En entrevista, el experto considera que los abogados buscarán vías para que se respeten los derechos ciudadanos porque la Ley avalada por la Corte es poco clara.

“Sin lugar a dudas vamos a buscar y a encontrar mecanismos y formas en donde podamos tener acceso, no nada más al juicio de amparo, sino también a intentar convencer a los tribunales de que sí puede ser procedente la suspensión”, expone.

Legislar para proteger derechos

Tanto Zapata Altamirano, de la BMA, como Sierra Álvarez, de Coparmex, ven viable que el Poder Legislativo establezca procedimientos claros y acote la posible afectación de derechos.

“Esta resolución de la Corte no cierra el debate, abre una responsabilidad para el Poder Legislativo y para las autoridades regulatorias de corregir estos vacíos y evitar el uso discrecional de estas facultades”, dice Sierra.

Por eso, expone la ruta que Coparmex impulsa para fortalecer el marco legal “y garantizar un equilibrio entre el combate a la ilegalidad y certeza jurídica”.

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Entre las medidas que promueve Coparmex están contar con criterios objetivos para justificar los bloqueos; establecer control judicial previo en máximo de 6 horas y fijar un plazo no mayor a 15 días para que la autoridad sustente la medida.

Además, Sierra Álvarez, consideran debe garantizar la notificación inmediata y derecho de defensa; crear responsabilidades por actuaciones indebidas y por último, incorporar transparencia en el uso de estas facultades.

Estas propuestas, afirma, son impulsadas en acercamiento con legisladores y autoridades del gobierno, pues con la sentencia de la Corte están en riesgo ciudadanos que vean afectado su patrimonio sin que se compruebe su relación con un ilícito, la confianza empresarial y la estabilidad de la economía.

“México tiene que trabajar para ser atractivo a la inversión en tres condiciones fundamentales, en seguridad, en certeza jurídica y en el tema de energía.

"La resolución de la Corte atenta contra esa certeza jurídica que se requiere para la inversión”
Juan José Sierra, presidente nacional de Coparmex.

Advierte además que la decisión “sienta un precedente particularmente sensible en el contexto del TMEC y las negociaciones de cara la revisión del Tratado”.

Medidas legislativas que Coparmex impulsa para el congelamiento de cuentas bancarias con reglas
Plan de Coparmex para que el congelamiento de cuentas bancarias tenga reglas. (Fuente: Con datos de la Coparmex)

El experto y litigante Zapata Altamirano considera que es posible que transite una reforma legal “creo que sí puede ser viable incluso con esta correlación de fuerzas (con mayoría de Morena), porque además esta norma es general y se puede aplicar a cualquiera”.

Incluso, consideró que también es previsible que se establezcan mayores controles al personal de la UIF, para evitar que se decida proceder a bloqueos sin contar con elementos.

“Creo que sí va a verse en el corto plazo una cuestión de exigencia y, quizá, incluso hasta una norma específica” para evitar que se haga mal uso de los bloqueos de cuentas, incluso con establecimiento de responsabilidad administrativa o hasta penal si se comprueba que se procedió sin indicios suficientes de que hay relación con delitos.

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La oportunidad en el Congreso

Desde el Legislativo, diputados del Revolucionario Institucional (PRI) y Acción Nacional (PAN) coinciden en que la sentencia de la Corte vulnera derechos y consideran acompañar desde sus posiciones medidas para regular el bloqueo de cuentas.

El coordinador de los diputados del PRI, Rubén Moreira Valdés, quien es sociólogo y abogado, sostiene que la Corte aprovechó que no existe en la ley de manera específica una disposición que ordene control judicial para proceder al bloqueo de cuentas y que aunque cualquier acto de molestia como esa debe estar plenamente justificado, no hay esa claridad en la legislación, por lo que se propone reforzarla.

“El PRI propone revertir esta situación y establecer que sea a través de un juez de control que se realicen esas acciones y que eso sea obligatorio", dice.

Moreira advierte que la decisión de la SCJN fue “dar un duro golpe a la presunción de inocencia” y por eso un particular que se vea afectado eventualmente podría recurrir a organismos internacionales, pero eso sería tardado, por lo que lo mejor es proceder a reformar la ley.

Fernando Torres Graciano, diputado del PAN con maestría en Derecho Constitucional y Amparo, coincide que se ve complicado recorrer el camino de las instancias internacionales, por lo que “más fácil sería entrar a un análisis aquí en la misma Cámara” y regular el procedimiento.

“Me parece que tendríamos empezar por aquí, entrar y reformar la ley para acotar esa facultad”, dice al reiterar que la decisión de la Corte no se tomó con conocimiento jurídico, sino con argumentos pobres y ese “lamentablemente es el resultado de una Corte de acordeón”.

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Congreso Mexicano Servicio de Administración Tributaria (SAT) Secretaría de Hacienda y Crédito Público

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