Juan José Sierra Álvarez, presidente nacional de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) y contador público especializado en Auditoría Financiera, expone que la decisión del máximo tribunal del país podría elevar el riesgo-país, afectar la percepción de inversionistas nacionales e internacionales y reducir el interés en invertir en México.
“Validar bloqueos en base a 'indicios suficientes' sin una orden judicial previa tensiona al principio de presunción de inocencia, generando efectos similares a una sanción anticipada y colocando a los afectados en una desventaja para su defensa”, alerta el líder empresarial.
Las consecuencias, sostiene, son debilitar el Estado de derecho y abrir un espacio de incertidumbre que afecta directamente la confianza, la inversión y el desarrollo económico del país.
Efectos de la sentencia de la SCJN
El 6 de abril, la Suprema Corte resolvió la Acción de Inconstitucionalidad 58/2022 y declaró válida la reforma realizada ese año al artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, que permite a la autoridad el bloqueo de cuentas bancarias si considera que hay “indicios suficientes” de que éstas tienen relación con operaciones ilícitas.
Según la mayoría de los ministros, se trata de un procedimiento ya regulado que garantiza el derecho de audiencia y defensa de las personas, la posibilidad de ofrecer pruebas e incluso de recurrir la decisión ante tribunales administrativos.
Sin embargo, el especialista en litigio penal José Joaquín Zapata Altamirano, coordinador de la Comisión sobre Lavado de Dinero de la Barra Mexicana de Abogados (BMA), advierte que se vulneran garantías, entre ellas el derecho de audiencia, la presunción de inocencia y se permiten criterios laxos para ordenar el congelamiento de cuentas.
México ha suscrito compromisos internacionales de combate a prácticas ilícitas en el sistema financiero, recuerda, pero también está obligado a respetar garantías y la Corte echó abajo dos protecciones a los derechos que estaban previstas en la jurisprudencia de la anterior integración de la Corte.
Se establecía que para bloquear la cuenta a una persona cuando no hay una solicitud del extranjero, se debe pedir autorización a un juez, lo que ya quitaron, además establecer que el medio de impugnación es la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, que no prevé medidas cautelares como en un amparo, por lo que no podría suspenderse un bloqueo de cuentas que evite daños mientras se lleva a cabo la defensa.
"Primero te bloquean y después dan oportunidad de explicar”, alerta el experto quien expone que con ellos se considerará cumplido el derecho de audiencia.
“No parece justo que primero me bloquees y después yo te explique, porque además las consecuencias de un bloqueo no son solamente las patrimoniales, con la falta de acceso (a las cuentas), sino también las reputacionales, las familiares y toda una serie de consecuencias a esta situación que vive la persona bloqueada”, advierte.
Zapata Altamirano indica que otro problema adicional es que el estándar para determinar cuándo procede o no un bloqueo de cuentas es laxo, pues basta que la Secretaría de Hacienda “cuente con indicios suficientes”.
“Eso es confuso, no hay claridad. ¿Cuál será considerado un indicio suficiente para que se pueda tomar esa decisión por parte de la UIF? (...) ese nivel de corroboración es bajo”.
En entrevista, el experto considera que los abogados buscarán vías para que se respeten los derechos ciudadanos porque la Ley avalada por la Corte es poco clara.
“Sin lugar a dudas vamos a buscar y a encontrar mecanismos y formas en donde podamos tener acceso, no nada más al juicio de amparo, sino también a intentar convencer a los tribunales de que sí puede ser procedente la suspensión”, expone.
Legislar para proteger derechos
Tanto Zapata Altamirano, de la BMA, como Sierra Álvarez, de Coparmex, ven viable que el Poder Legislativo establezca procedimientos claros y acote la posible afectación de derechos.
“Esta resolución de la Corte no cierra el debate, abre una responsabilidad para el Poder Legislativo y para las autoridades regulatorias de corregir estos vacíos y evitar el uso discrecional de estas facultades”, dice Sierra.
Por eso, expone la ruta que Coparmex impulsa para fortalecer el marco legal “y garantizar un equilibrio entre el combate a la ilegalidad y certeza jurídica”.