El 24 de febrero se celebra el Día de la Bandera en México, uno de los símbolos patrios más importantes del país, por lo que la fecha será objeto de reflexión y reconocimiento a lo largo del país. ¿Será un día de descanso para los trabajadores y estudiantes? Esto dice la ley y la SEP.
¿El 24 de febrero es festivo, por ser el Día de la Bandera? Esto dice la LFT y la SEP
¿El 24 de febrero es festivo?
A diferencia del Día de la Constitución, el 24 de febrero no está establecido como una fecha de descanso obligatorio en México por la Ley Federal del Trabajo (LFT).
El artículo 74 de dicha norma establece que solo el primer lunes de febrero será feriado, en conmemoración del 5 de febrero, la fecha cuando se promularon las Constituciones de 1857 y 1917.
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) tampoco la contempla para que los bancos suspendan operaciones. Por lo que el próximo martes 24 de febrero será un día laboral como cualquier otro.
En el caso de los estudiantes, la Secretaría de Educación Pública (SEP) solo señaló la fecha como un día de conmemoración. No obstante, en esa semana tendrán un día de descanso, pero por otros motivos.
¿Cuándo es el próximo puente?
En febrero, los estudiantes de educación básica podrán descansar el viernes 27 de febrero, debido a que coincide con la quinta sesión ordinaria de Consejo Técnico. Las aulas estarán desocupadas, y solo el personal docente y administrativo acudirá a la reunión.
De manera general, el próximo puente oficial será el lunes 16 de marzo, por motivo de la conmemoración del natalicio de Benito Juárez, el 21 de marzo. En esta fecha, tanto trabajadores como estudiantes podrán gozar de un día de descanso obligatorio.
Y en caso de tener que trabajar, se debe recibir un pago triple, conforme a lo que establece la LFT.
Resumen del Día de la Bandera
La bandera que conocemos hoy no siempre fue la oficial, ha tenido varias modificaciones en el tiempo, pero sus raíces están en 1821, cuando Agustín de Iturbide consumó la independencia.
En la declaración del Plan de Iguala, Iturbide llevaba la bandera trigarante con los colores verde, blanco y rojo, pero las franjas eran diagonales. Los colores del estandarte representaban algunos derechos: el blanco simbolizaba la religión católica; el verde la independencia de México ante España y el rojo la igualdad y la unión de los mexicanos con los españoles y las castas. Posteriormente, en el centro se ubicó un águila coronada.
Al finalizar el imperio de Iturbide dos años después, el Congreso Constituyente instauró oficialmente la Bandera Nacional conservando los colores verde, blanco y rojo, pero con algunos cambios: al águila se le quitó la corona imperial y se agregaron los símbolos republicanos de las ramas de laurel y encino.
A mediados del siglo XIX, durante el gobierno de Benito Juárez, los colores cambiaron de significado tras la separación del Estado con la iglesia:
Verde - Esperanza
Blanco - Unidad
Rojo - La sangre de los héroes nacionales
Desde septiembre de 1863, la Regencia del Imperio estableció el escudo de Armas del Imperio de Maximiliano de Habsburgo.
El 30 de diciembre de 1880, el presidente Porfirio Díaz decretó que el águila se representara de frete con las alas desplegadas, al estilo francés de aquella época. Y en 1916 volvió a cambiar. Ahora , el ave se debía representar de perfil izquierdo, posada sobre un nopal que brota de una roca rodeada de agua y adornada en la parte de abajo con ramas de encino y laurel.
El día de la Bandera fue establecido hace 92 años, el 24 de febrero de 1934, pero su conmemoración oficial fue hasta 1940, por decreto del presidente Lázaro Cárdenas del Río.
La bandera está protegida por la ley
La bandera no es un elemento menor. Está considerada en ley como un símbolo patrio y hay reglas tanto para su representación como para actividades relacionadas con ella.
De acuerdo con el artículo 10 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, el 24 de febrero se deben transmitir programas especiales de radio y televisión destinados a difundir la historia y significación de la bandera, además de realizarse jornadas cívicas en “conmemoración, veneración y exaltación” de la misma.
En esta fecha, la bandera deberá izarse a toda la asta.
El artículo 21 establece que en todos los planteles educativos del país, oficiales o particulares, deben poseer una bandera nacional para utilizarla en los actos cívicos.
La forma para saludar a la bandera también está reglamentado. El artículo 14 señala que deberá realizarse en posición firme, colocando la mano derecha extendida sobre el pecho, con la palma hacia abajo, a la altura del corazón. Los varones saludarán, además con la cabeza descubierta.
Sanciones por modificar la bandera
Las banderas deben cumplir con características que establece la ley, como la distribución de colores y el escudo. “Alterar o modificar las características de la Bandera Nacional” se considera como una infracción grave que puede ser sancionada con:
- Amonestación con apercibimiento.
- Multa de hasta 10,000 veces la UMA vigente. En 2026, esto equivale a un millón 173,000 pesos;
-Multa adicional a la prevista anter con hasta 10,000 veces la UMA por cada día que persista la infracción;
- Arresto hasta por 36 horas; y
-Las demás que establezcan otras disposiciones jurídicas aplicables.