"La vigilancia ilegal y abusiva por parte de las Fuerzas Armadas es una práctica reiterada que hemos advertido y documentado de forma contundente como lo revela la investigación Ejército-Espía y que se ha llevado a cabo selectivamente en contra de periodistas, defensoras de derechos humanos, investigadores e incluso funcionarios públicos. En dichos casos, la impunidad es absoluta", agregaron.
De acuerdo con las organizaciones, con las reformas aprobadas se autoriza que la Guardia Nacional mexicana lleve a cabo operaciones encubiertas, aunque la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) lo prohibió en el 2023.
"La aprobación de estas reformas en materia de Guardia Nacional es parte de un paquete de iniciativas que se abordarán esta semana en el Congreso de la Unión durante el período extraordinario, para las cuales tampoco se plantea la mínima apertura, discusión, ni parlamento abierto. Cada una de ellas, y por lo que implica si se implementan en conjunto, representan una amenaza directa para los derechos humanos", puntualizaron.
Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública permiten la interconexión con bases de datos nacionales e internacionales, indicaron.
"La consolidación del poder de vigilancia sin control para las Fuerzas Armadas, el debilitamiento de mecanismos de control y el establecimiento de un Estado que monitorea permanentemente a la sociedad a través de bases de datos y registros obligatorios son una afrenta directa a los derechos y libertades mínimas en un contexto democrático", condenaron.
La Cámara de Diputados aprobó esta semana la nueva Ley de la Guardia Nacional y reformó nueve normas secundarias para darle nuevo un marco legal a la corporación federal.
La nueva ley y las reformas adicionales fueron propuestas por la presidenta Claudia Sheinbaum el 5 de junio y fueron avaladas sin modificación en lo general, con la alerta de la oposición de que ''se formalizó su militarización plena''.
Se le dan a la GN facultades para acciones encubiertas; vigilar y rastrear en la red pública de internet; y acceder a información de usuarios de celulares en tiempo real y por georreferenciación.
En 2019 se aprobó la creación de la Guardia Nacional como una institución de carácter civil para garantizar la seguridad pública, pero tendría personal militar temporalmente, en lo que se formaba personal civil para asumir las tareas de seguridad.
Sin embargo en 2022 se aprobó una reforma que transfirió el mando de la GN a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), lo que fue invalidado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Ese mismo año se reformó un artículo transitorio de la Constitución y se amplió hasta 2028 la permanencia del Ejército en tareas de seguridad pública; en 2024 se modificaron 12 artículos de la Constitución para que la Guardia Nacional forme parte de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y ya no a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).
Se estableció que la Sedena tendrá control operativo y administrativo de la Guardia Nacional y se ordenó adecuar el marco jurídico, lo que se concretará con la nueva ley de Guardia Nacional y reformas a nueve leyes que fueron avalados por los diputados y tras aprobarse en lo particular serán remitidos al Senado.
Los cambios son a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos; la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos; la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos; la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas; la Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos; el Código de Justicia Militar; y el Código Militar de Procedimientos Penales.
El objetivo de los cambios, entre otros, es establecer que la formación y educación de sus elementos; la organización interna; la regulación de sus ascensos tendrá carácter militar e incluso el régimen de responsabilidades será bajo el mando de la justicia militar.
Por eso se elimina la antigua redacción del artículo 4 de la ley de la GN aún vigente, que indica que ese organismo “es una institución de seguridad pública, de carácter civil, disciplinada y profesional, adscrita como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría” (de Seguridad).
La redacción en la nueva Ley de la GN establece que ésta “es una fuerza de seguridad pública profesional, de carácter permanente e integrada por personal militar con formación policial, dependiente de la Secretaría”, es decir de la Sedena.