Publicidad
Publicidad

¿El 1 de junio se paga doble por la elección judicial? Esto dice la LFT

El 1 de junio 2025 son las elecciones del Poder Judicial, y aquí te decimos si es día festivo o si te deben pagar doble o triple.
vie 30 mayo 2025 09:54 AM
¿Cómo se paga el 1 de junio: hay pago doble por las elecciones?
La imagen corresponde a las elecciones del 2 de junio del 2024 cuando la mayoría de los votantes decidieron elegir a una mujer como presidenta.

El domingo 1 de junio se llevarán a cabo elecciones para elegir a más de 800 cargos del Poder Judicial, sin embargo, a pesar de que es un día que se considera como de descanso, hay trabajadores que sí acudirán a sus centros laborales, por lo que surge la duda sobre si este día es festivo y se recibirá un pago doble.

Lee: ¿El 1 de junio es festivo?

Publicidad

¿El 1 de junio es el día festivo?

De acuerdo con el calendario de la Ley Federal del Trabajo (LFT) no lo tiene estipulado en su calendario de días feriados de este año 2025.

En el artículo 74, fracción IX se estipula que se considerará feriado cualquier día “que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral”.

Las elecciones judiciales son un proceso extraordinario, por lo no puede aplicar esta fracción de la ley. Sin embargo, en Durango y Veracruz sí tendrán votaciones ordinarias, porque renovarán presidencias, sindicaturas y regidurías.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social aclaró que solamente en estos estados, el 1 de junio será un día de descanso obligatorio. Y en caso de trabajar, los empleadores deben dar el tiempo necesario para que los trabajadores acudan a votar, sin tener descuentos o sanciones.

Lee también: Quiénes son los candidatos a jueces, magistrados y ministros

¿Este día deben pagarme el doble o el triple?

En caso de que los trabajadores acudan a trabajar el domingo 1 de junio en Veracruz y Durango, tienen derecho a recibir su salario normal más el doble de ese salario, como pago extra. Derivado de lo anterior, las y los trabajadores recibirán el triple del salario por ese día, más la prima dominical.

"Si un día de descanso obligatorio coincide con un domingo, el trabajador tiene derecho a recibir un pago doble por el servicio prestado, además de la prima dominical (al menos un 25% sobre el salario ordinario)", se lee en la LFT.

¿Qué debo hacer si me lo descuentan?

En caso de no llegar a un acuerdo entre el trabajador y el empleador, se debe denunciar al empleador ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) o la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).

Llama al número: 55-59-98-20-00

Publicidad

Tags

Elecciones judiciales 2025 Ley Federal del Trabajo

Newsletter

Los hechos que a la sociedad mexicana nos interesan.

Publicidad

MGID recomienda

Publicidad