El 1 de junio se llevará a cabo una jornada electoral que se califica como histórica debido a que se elegirán por primera vez a los integrantes del Poder Judicial; por ello, surge la duda, si como en otras ocasiones, habrá ley seca en la CDMX.
Ley seca en CDMX por las elecciones del 1 de junio 2025: así aplicará

¿Hay ley seca por las elecciones?
Sí, así lo confirmó la jefa de Gobierno de la CDMX, Clara Brugada y el secretario de Gobierno de la CDMX, César Cravioto Romero, en conferencia de prensa desde el antiguo Palacio del Ayuntamiento el 27 de mayo.
La medida entra en vigor desde las 00:01 horas del sábado 31 de mayo hasta las 23:59 horas del domingo 1 de junio de 2025.
El artículo 300 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales menciona que “los cuerpos de seguridad pública de la Federación, de los estados y de los municipios o, en su caso, las fuerzas armadas” deben asegurar el orden y garantizar el desarrollo del proceso electoral.
El Gobierno de cada estado puede establecer medidas para limitar la venta de alcohol durante el fin de semana que se realicen las elecciones, aunque esto queda al criterio de cada administración. La medida se replicará en algunos estados y municipios .
“El día de la elección y el precedente, las autoridades competentes, de acuerdo a la normatividad que exista en cada entidad federativa, podrán establecer medidas para limitar el horario de servicio de los establecimientos en los que se sirvan bebidas embriagantes”, menciona la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Alcaldías que no venderán alcohol
Se prevé que se aplique en las 16 alcaldías que conforman la CDMX, tal y como ocurrió el año pasado en la elección federal cuando se aplicó:
"En los establecimientos mercantiles ubicados en todo el territorio que comprende a la Ciudad de México, que operen como vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales y en cualquier otro establecimiento mercantil similar, en el que se expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación, incluyendo el servicio a domicilio y en el que se comercialicen y obsequian bebidas alcohólicas para el consumo humano".
En la Gaceta de la CDMX del jueves 29 de mayo se detalla que la suspensión aplica a establecimientos mercantiles como vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales y cualquier otro establecimiento similar que expenda bebidas alcohólicas de cualquier graduación.
¿En los restaurantes se permite la venta de alcohol?
“Se permite, única y exclusivamente, el consumo de bebidas alcohólicas por copeo con alimentos, al interior de ciertos establecimientos con giro de impacto vecinal previstos en la ley, como salones de fiestas, restaurantes, establecimientos de hospedaje, clubes privados, salas de cine, teatros y auditorios, durante su horario autorizado”, detalla la excepción.
También, la venta en envase cerrado para consumir fuera de estos establecimientos queda suspendida.
Multas por vender alcohol cuando hay ley seca
Las violaciones a este Acuerdo serán sancionadas conforme a la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México y otras disposiciones aplicables.
El Artículo 66 señala las multas a las que serán acreedores los dueños de los establecimientos que violen la ley, la misma que es equivalente de 351 a 2,500 veces la la Unidad de Medida y Actualización (UMA) de la CDMX, lo que equivaldría de 36,663 pesos a 282,500 pesos.