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INE frena proselitismo de aspirantes al PJ y posible injerencia de funcionarios

Los consejeros electorales aprobaron lineamientos que prohiben el activismo adelantado de aspirantes a cargos judiciales y el uso de recursos públicos para fines de promoción y propaganda.
jue 23 enero 2025 08:48 PM
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En sesión extraordinaria este jueves, el INE también determinó que está prohibida la contratación de tiempos en radio y televisión a favor de aspirantes y candidatos.

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó candados para impedir el activismo adelantado de aspirantes a cargos judiciales y la posible injerencia de dependencias y funcionarios operadores de programas sociales, incluidos los servidores de la nación, en el proceso electoral judicial.

El organismo acordó prohibir, no sólo a los candidatos a cargos judiciales, sino a los aspirantes a una postulación, la realización de actos anticipados de campaña y precampañas, por lo que al entrar en vigor deberá cesar la promoción que ya realizan decenas de personas consideradas como elegibles por los Comités de Evaluación de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

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A más de cinco meses y medio de iniciado el proceso electoral judicial, el Consejo General del INE aprobó esta noche los Lineamientos que regirán en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial. En ellos se establecen las conductas que serán consideradas infracciones a las normas electorales y, por tanto, sujetas de sanción.

De último momento, la consejera presidenta, Guadalupe Taddei, propuso quitar la prohibición a los servidores públicos para realizar actos de promoción o posicionarse públicamente a favor o en contra de alguna candidatura, y eliminar como una infracción susceptible de ser cometida por los partidos, realizar actos de promoción de la elección judicial.

De prosperar su propuesta, aunque ambas prohibiciones están en ley, tanto partidos como funcionarios podrían haber quedado libres para realizar proselitismo en la elección.

También la consejera Norma de la Cruz propuso que se eliminara a la ciudadanía como posible sujeto responsable de conductas irregulares, a menos de que se vincule directamente a una candidatura, lo que fue rechazado, pues también los ciudadanos tienen prohibiciones, una de ellas a contratar tiempos de radio y televisión a favor de candidatos judiciales.

El documento fue aprobado en lo general por unanimidad y, a propuesta de la consejera Carla Humphrey, se estableció que –como ocurre en las elecciones ordinarias—no sólo es irregular la contratación de tiempos en radio y televisión a favor de aspirantes y candidatos, sino también su adquisición.

“Obviamente los sujetos obligados no nos van a exhibir un contrato en el que evidencia en la irregularidad en la que están incurriendo por contratar espacios en radio y televisión, obviamente buscarían adquirirlos de otra manera y poder contar con esta promoción de la cual tendríamos poca evidencia, por lo que no siempre hay documento que acredite la contratación", expuso.

La votación más polarizada, sin embargo, fue la propuesta del consejero Martín Faz, quien planteó acotar a los servidores de la nación, lo que fue votado en contra por cuatro consejeros, entre ellos Taddei, quien así buscó dejarlos fuera de la regulación.

La redacción del documento quedó así: "quedará prohibida la organización de foros por parte de dependencias o entidades responsables de la ejecución de programas que impliquen la entrega de un beneficio social directo a la población", indica.

“Tampoco podrán participar como moderadores las personas servidoras públicas, las personas operadoras de programas sociales y actividades institucionales adscritas a esas instituciones ni las personas servidoras de la nación”, agrega el documento.

La propuesta fue avalada por siete consejeros: Martin Faz, Dania Ravel, Claudia Zavala, Jaime Rivera, Arturo Castillo, Ucc Kib Espadas y Rita Bell.

Los Lineamientos establecen que estará prohibido no sólo a los candidatos a cargos judiciales, sino a los aspirantes a una postulación, la realización de actos anticipados de campaña y precampañas.

Es decir, aunque oficialmente las campañas empiezan el 30 de marzo, no se podrá realizar proselitismo desde ahora, en que no hay candidaturas, sino aspirantes.

Quedó definida la figura de personas aspirantes “como aquéllas que se registraron para participar en el proceso de selección ante cualquiera de los tres Poderes de la Unión”.

Además, se incluyó en la lista de posibles sujetos infractores en caso de actos de campaña antes del periodo establecido por la ley, a “las personas candidatas a juzgadoras”.

De no haberse incluido en la regulación a los aspirantes, no hubiera quedado prohibido el proselitismo adelantado (precampañas o actos anticipados de campaña) y las restricciones sólo aplicarían hasta que haya candidatos oficialmente, es decir, sólo en el periodo comprendido entre el 12 de febrero, en que el Senado deberá remitir al INE las listas de candidaturas, y el 30 de marzo, día que arrancan campañas oficialmente.

También se acordó establecer expresamente “la prohibición de usar recursos públicos para fines de promoción y propaganda relacionados con los procesos de elección de personas integrantes del Poder Judicial en contravención, a lo dispuesto por el artículo 134 de la Constitución”.

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