"(El INAI y la PNT) han sido fundamentales para que la sociedad obtenga información de interés público sobre el actuar de las autoridades, se entere y denuncie casos de corrupción, pregunte e investigue sobre políticas públicas de educación, salud, energía, seguridad, contrataciones públicas y militarización", defendió el INAI el pasado 30 de agosto.
Estas son algunos asuntos de interés público que se han conocido gracias al INAI:
- Fosas clandestinas en San Fernando.
- Caso Ayotzinapa.
- Caso Odebrecht.
- Socavón del Paso Exprés de Cuernavaca.
- Estafa Maestra.
- Créditos fiscales (nombres de las empresas y montos condonados o cancelados por el pago de impuestos).
- Corrupción en Segalmex.
En entrevista, Ernesto Díaz Iturbe, experto en materia de transparencia, comentó que esta modificación deja “vacíos” que no se consideran en la reforma constitucional, por lo que será necesario que los detalles se establezcan en las normas secundarias, como en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información.
“La reforma deja muchos vacíos. Por un lado es normal en una reforma constitucional de este tipo. Los transitorios dan 90 días para que se realice la legislación secundaria. La primera pregunta será cómo se va a formar esa nueva ley”, dijo el también el exsubdirector de Análisis e Investigación en el INAI.
Mencionó que otro “vacío” es si la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno será una segunda instancia que atienda los recursos de revisión de los ciudadanos inconformes con las respuestas a sus solicitudes en los tres Poderes de la Unión, o si cada uno se encargará de sus propios datos, como ocurría previo a la reforma constitucional de 2014.
“Es importante definir los alcances de la nueva Ley de Transparencia, ordenada por la reforma constitucional, quien será la instancia que atenderá las inconformidades con las respuestas a las solicitudes de información de la ciudadanía. Hoy el INAI está facultado para revisar las respuestas de los tres Poderes de la Unión; sin embargo, la reforma deja abierta la posibilidad de que cada Poder se autorregule, modelo que probó no ser adecuado previo a la reforma de 2014”, mencionó.
Señaló que también falta definir si la PNT continuará siendo el mecanismo unificado que permite enviar solicitudes a todas las instituciones públicas del país, o si cada poder y cada entidad tendrá su propio sistema.
Ello, porque la PNT es la herramienta que se utiliza para que los ciudadanos ingresen solicitudes de información pública y de datos personales a los distintos sujetos obligados de los tres órdenes de gobierno en México, como secretarias de Estado, órganos autónomos y partidos políticos, entre otros.
Otro dato que no se establece en la reforma constitucional es qué autoridad será la encargada de la protección de datos personales y de sancionar a quienes, tanto privados como públicos, hagan mal uso de los archivos de datos personales, aseguró María de los Ángeles Estrada, experta en materia de transparencia y anticorrupción.
“El INAI tiene facultades de protección y garantía del derecho a la información que es el artículo 6 de la Constitución y lo que sabemos hasta ahorita, sin tenerlo claro, es que esas facultades se le quedan a la SFP", sostuvo la experta.
"¿Qué va a suceder con las facultades de protección de datos personales? Porque el INAI es el encargado de hacer esa protección y garantizar esos derechos ¿Qué va a pasar con los derechos de acceso, rectificación, de cancelación de los datos personales y quién es la autoridad que estará encargada?".
María de los Ángeles Estrada
La también directora de la iniciativa Transparencia, Anticorrupción y Digitalización del Tec. de Monterrey, recordó que el INAI tiene facultades de sancionar a servidores públicos que cometan abuso o afectaciones al derecho de acceso a la información, por lo que cuestionó si ahora la SFP se quedará con la facultada de sancionar a sus pares.
Además, explicó que la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno no podrá tener autonomía para tratar asuntos transparencia, pues para que esto suceda es necesaria una reforma legal que establezca que no es un ente que depende directamente del Poder Ejecutivo.
“Legalmente no existe la posibilidad de que eso suceda (que la Secretaría sea autónomo) a menos que haya una reforma que establece que este SFP no es una dependencia directa del Ejecutivo, sino que se establece como un órganos autónomo o como comenzó el INAI. Cuando nació, era un órgano desconcentrado, eso le daba ciertas facultades de autonomía por lo pronto”, declaró.
En tanto, el politólogo Gustavo López Montiel advirtió que la reforma sólo desaparece al INAI y, en términos generales, ubica sus funciones en la Secretaría Anticorrupción, pues, dijo, “solo se hace de manera conceptual”.
Por ello, declaró que uno de los retos es especificar cómo los distintos procesos para garantizar el acceso a la información y proteger los datos personas serán operados por la dependencia, y cómo esto será garantizado en los estados, ya que no todas las entidades tiene una secretaría Anticorrupción.
Para el politólogo, otro punto que está en el "limbo" son los 15,000 millones de archivos de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT); aunque el gobierno federal aseguró que se quedará con estos datos, el también profesor del Tec de Monterrey alertó que no toda la información es federal.
"En la Plataforma no sólo está el gobierno federal, están los gobiernos estatales y municipales con todas sus dependencias y fideicomisos. Esa información no es de la federación, es información o de los estados, o de los municipios o de los órganos autónomos. Cuando se dicen que no está claro o quien se quedará con esta información y aunque el gobierno federal dice: 'vamos a ser nosotros', en realidad hay información que no les corresponde", dijo.
Ante esto, el experto consideró que esto también se deberá contemplar en las leyes secundarias y dejar claro cómo será el acceso a la información ante la ausencia del INAI.