“El hecho de que la norma reclamada introduzca aspectos ajenos al mercado, y que a partir de esa circunstancia exista una posibilidad de que se incida en su libre desarrollo, no es suficiente para considerar que es inconstitucional, pues las administradoras de fondos para el retiro no se desenvuelven en un mercado cuyo principal objetivo sea la libre competencia”, refiere el proyecto de Esquivel Mossa.
La ministra propone avalar el referido tope impuesto por el Congreso de la Unión en noviembre de 2020 por el Gobierno de México.
Y negar un amparo a Afore Sura tras la determinación de un juez federal quien declaró inconstitucional la reforma a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (SAR), decisión que fue impugnada por el Poder Ejecutivo y por la Consar.
“Si el rubro de los sistemas de ahorro para el retiro está contenido en el concepto de seguridad social, es indudable que el Poder Legislativo está facultado para expedir reformas a la ley de la materia y, con ello, cambiar el sistema de comisiones en la forma que consideró conveniente por el bien de los trabajadores”, añade el texto.
En la actualidad, las Afores administran más de 71.7 millones de cuentas de ahorro para el retiro, mismas que concentran más de 4.8 billones de pesos.