El organismo restaurantero informó el lunes pasado que un juez le concedió la suspensión definitiva en contra del reglamento, por lo que se suspendía su aplicación para los afiliados a la Canirac.
Sin embargo, en la sentencia del juicio de amparo, Víctor Octavio Luna Escobedo, juez Décimo Cuarto de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, resolvió sobreseer el amparo al considerar que la Canirac no tiene interés jurídico ni legítimo para promoverlo.
A decir de Maximiliano Cárdenas, esto significa que el juzgado consideró que el reglamento de tabaco no vulnera los derechos de la Canirac, sino de los establecimientos restauranteros, por lo que serían estos los que deben interponer amparos de manera individual.
“Lo que está diciendo esta sentencia es que la Cámara no tiene interés legítimo para impugnar el reglamento, toda vez que no es un establecimiento y no resiente la supuesta afectación del reglamento”, explicó.
No obstante, la Canirac interpuso un recurso de revisión en contra de esa sentencia y éste sigue en proceso. Para resolverlo, el juez otorgó una suspensión definitiva, que implica mantener, por ahora, las cosas como están, sin cancelar el reglamento, aseguró Cárdenas.
“No hay ningún amparo a favor de la Canirac. Al día de hoy, no se ha dictado una sentencia favorable a la Canirac”, afirmó el abogado en conferencia de prensa.